Un grupo de quejas, mayoritariamente de mujeres que emigraron a Suiza junto a sus cónyuges y posteriormente retornaron a España y allí realizaron trabajos esporádicos o se beneficiaron de cotizaciones de sus cónyuges, por lo que perciben pequeñas cantidades como pensión. La Administración española mantiene que por ello están vinculadas al sistema de protección suizo y no pueden acceder a la asistencia sanitaria pública en España, ni como beneficiarias de sus cónyuges ni como aseguradas.
La administración sólo contempla que los afectados se den de alta, a su costa, en el sistema sanitario suizo o suscriban un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social. A juicio del Defensor del Pueblo estas opciones no resultan equitativas, pues obligan a los interesados a destinar a su cobertura sanitaria mucho más de lo que reciben de Suiza.
La clave del asunto es que la asistencia sanitaria de los pensionistas, residentes en Suiza, es obligatoria, pero no gratuita. Para esta Institución no cabe considerar que los españoles retornados estén sometidos a dicha obligación, por lo que tendrían derecho a beneficiarse del aseguramiento español en las condiciones generales establecidas para ello.
El INSS y la Secretaría de Estado de la Seguridad Social rechazaron las recomendaciones y sugerencias que se les formularon, insistiendo en que las interesadas debían ser consideradas a todos los efectos pensionistas con arreglo a la legislación suiza.
Varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León han reconocido a los interesados su derecho a acceder a la asistencia sanitaria en igualdad de condiciones con el resto de los españoles, si bien la posición de la Administración obliga a los interesados a asumir la carga de un litigio.
19/10/2015. Recomendaciones, formuladas a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (Ministerio de Empleo y Seguridad Social), sobre acceso a la prestación sanitaria de la seguridad social a los ciudadanos españoles perceptores de prestaciones provenientes de Suiza.
09/07/2014. Resoluciones, formuladas a la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (Ministerio de Empleo y Seguridad Social), sobre acceso a la prestación sanitaria del Sistema Nacional de Salud a los pensionistas por legislación suiza residentes en España cuando no tengan esta asistencia reconocida por dicho país.
– Informe anual 2015 pp. 441-442.
– Informe anual 2014 pp. 397-398.
– Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Valladolid (Sala de lo Social, Sección 1ª), de 23 de diciembre de 2014
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