Texto
Se ha recibido su escrito referido a la queja arriba indicada.
Consideraciones
1. La competencia conjunta en materia de vivienda entre esa Entidad local y la Comunidad Autónoma, y la falta de coordinación entre ambas, generan confusión en los ciudadanos que no saben dónde tienen que dirigirse a la hora de resolver adecuadamente sus problemas habitacionales.
2. Ese Ayuntamiento y la Comunidad Autónoma de Madrid no comparten una base de datos única y tienen registros de solicitudes diferentes e incompatibles, lo cual ocasiona, a juicio de esta institución, que ambas administraciones desconozcan cuál es la demanda real de vivienda, para, en función de ello, ajustar sus políticas de vivienda.
3. Existe un gran desfase entre las solicitudes recibidas en el Registro de Atención Prioritaria y las viviendas adjudicadas. Esta institución comprende la dificultad en resolver el problema planteado, pero la urgente necesidad de los vecinos de su localidad que se inscriben en el Programa de atención prioritaria requieren una intervención inmediata, por lo que ese Ayuntamiento ha de participar activamente en la búsqueda de nuevas vías para resolver este problema.
4. Para promover el uso social de la vivienda, aprovechando las sinergias que existen entre ambas administraciones, lo razonable sería que existiese un registro permanente único y compartido a disposición de ese Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid que recoja las inscripciones realizadas en cada administración.
Decisión
En consecuencia, se dirige a esa Empresa Municipal, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley 3/1981, de 6 de abril, la siguiente:
RECOMENDACIÓN
Valorar la posibilidad de instar a la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid que inicie el procedimiento oportuno para crear una base de datos única, que coordine y relacione los distintos Registros Públicos de Demandantes de vivienda existentes en ambas administraciones.
Asimismo, esta institución ha considerado oportuno dirigirse a la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid, para darle traslado de la presente resolución y solicitarle que remita sus consideraciones al respecto.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la RECOMENDACIÓN formulada, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)