Oferta de Servicios de Cirugía Plástica y Reparadora en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.

RECOMENDACION:

Que se valore, en la medida de lo posible y según criterios técnicos, la modificación de la Circular SC 41/15, de 9 de marzo de 2015, en aras a que se incluya la posibilidad de realizar dermolipectomías a otros pacientes que hayan perdido peso mediante dieta o intervención bariátrica, aun cuando no haya sido atendido en el Servicio de Endocrinología, si hubiera una petición de estudio de otros servicios médicos para lograr o buscar una sanación de otra enfermedad que sufra el paciente cuando esté motivado por su peso corporal.

Fecha: 17/10/2024
Administración: Consejería de Salud y Consumo. Junta de Andalucía
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23021251

 


Oferta de Servicios de Cirugía Plástica y Reparadora en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.

Se ha recibido informe de esa consejería, correspondiente al expediente que se tramita con la referencia del encabezamiento.

Consideraciones

1. El expediente se inicia mediante escrito de doña (…), en el que expone que, desde el año 2019, gracias a la realización de una dieta y de ejercicio físico, logró perder más de 70 kg. de peso.

2. Con fecha de 23 de octubre de 2023, es valorada por el Servicio de Cirugía Plástica y Reparadora del Hospital Universitario Virgen de la Macarena, en el que se valora que la compareciente, en esa fecha, pesaba 57 kg., con un IMC de 22,5, si bien, con anterioridad, llegó a pesar hasta 125 kg.

3. En esa misma fecha, se propuso por ese servicio, la posibilidad de ser evaluada por el equipo responsable que se le practique la cruroplastia ante las dificultades deambulatorias, si bien no se ha autorizado la barquioplastia, ni la abdominoplastia, aunque ambas se han valorado positivamente por el cirujano plástico.

4. La compareciente está siendo atendida por el Servicio de Psiquiatría de ese mismo centro sanitario, donde se le ha diagnosticado un trastorno adaptativo de dismorfia (código F43 del CIE-10 y 309 del DSM-V), que también ha valorado positivamente la intervención quirúrgica como «forma de lograr un alivio emocional para esta persona que la intervención de cirugía plástica que le permita poder mostrar su cuerpo con normalidad o poder tener una vida de pareja como cualquier persona», según su informe de 2 de julio de 2024, entre otros.

5. Esa consejería ha denegado la intervención quirúrgica, debido a que la Circular SC 41/15, de 9 de marzo de 2015, sobre la Oferta de Servicios de Cirugía Plástica y Reparadora en el Sistema Sanitario Público de Andalucía, indica, con referencia a las dermolipectomías, que:

«Se considerarán para cirugía las personas con pérdida de peso por dietas o por cirugía bariátrica derivadas exclusivamente a través de Endocrinología, en los que se cumplan los siguientes criterios:

– Pacientes que en su historia clínica demuestren una pérdida de peso de entre un 30%-50% sobre el peso inicial, mantenida durante un año en el momento de la consulta y en el momento de la cirugía; y existencia de una dermochalasia con repercusión funcional objetivable, esto es:

– Abdomen péndulo con faldón cutáneo graso abdominal por debajo del nivel de la sínfisis del pubis.

– Muslos con lipodistrofia que objetivamente dificulta la deambulación.

– Criterios de exclusión:

– Pacientes con patología psiquiátrica que pueda interferir en el proceso y seguimiento postquirúrgico. En estos casos se solicitará un informe de evaluación a la Unidad de Salud Mental.

– Pacientes con elevado riesgo quirúrgico.

– En pacientes con IMC actual y en el momento de la cirugía >30, se valorará su riesgo-beneficio.

Queda excluida la dermochalasia de brazos y la mastopexia, por no considerarse enfermedad».

6. La anterior circular circunscribe únicamente la posibilidad de realizar una dermolipectomías a aquellos casos en los que el paciente haya sido atendido en el Servicio de Endocrinología, sin tener en cuenta otros profesionales que, aunque no sean especialistas, en este caso, para la reducción de peso, pueden también intervenir o ayudar en otros problemas de salud que tenga el paciente vinculados al peso corporal, como puede ser, los médicos psiquiatras o cirujanos plásticos.

Asimismo, y en el caso que no ocupa, se ha reiterado en varias ocasiones, a través de los informes médicos evacuados por el médico psiquiatra que, en aras a mejorar la propia salud mental de la Sra. (…), esa intervención quirúrgica para retirar la piel sobrante, mejoraría su percepción personal.

En ese mismo sentido, en su informe de 14 de septiembre de 2023, se valora que, «hablamos de lo difícil que es para ella el poder convivir con el hecho de que su cuerpo es una fuente de malestar cada día. Llevamos desde 2019 con una ayuda psicológica y una ayuda farmacológica y parece bien claro que no hay otra solución que la quirúrgica para devolver a la paciente una normalidad. Hay que recordar que ella presentaba una Obesidad mórbida. Que su esfuerzo por perder peso fue algo que tenía que ver con la búsqueda de la salud, dado el riesgo vital que presentaba. Lo hizo por sus propios medios, sin intervenciones quirúrgicas de ningún tipo. Pero perder 70 Kg. tiene las consecuencias de que su piel ya no tiene grasa que cubrir y sigue estando, no ha desaparecido. Y tiene como consecuencia la imposibilidad para ella no solo de mostrar su cuerpo sino de que alguien pueda tocarlo, lo que como podemos comprender es tremendamente doloroso para una vida relacional normal y no digamos para una relación de pareja normal como la que está teniendo en la actualidad (…)».

Decisión

Teniendo en cuenta lo expuesto, y en el uso de las atribuciones que le vienen conferidas en el artículo 54 de la Constitución y el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución dirige a la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Que se valore, en la medida de lo posible y según criterios técnicos, la modificación de la Circular SC 41/15, de 9 de marzo de 2015, en aras a que se incluya la posibilidad de realizar dermolipectomías a otros pacientes que hayan perdido peso mediante dieta o intervención bariátrica, aun cuando no haya sido atendido en el Servicio de Endocrinología, si hubiera una petición de estudio de otros servicios médicos para lograr o buscar una sanación de otra enfermedad que sufra el paciente cuando esté motivado por su peso corporal.

Agradeciendo la remisión de la información solicitada, así como su preceptiva respuesta acerca de si se acepta o no la Recomendación formulada, así como, en caso negativo, las razones que se opongan para su aceptación,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

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