Se ha recibido escrito de esa consejería, referido a la queja registrada en esta institución con el número arriba indicado.
Consideraciones
1.- Se recuerda que la solicitud de subvención para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de Reforma Interior de Vivienda. Plan RENHATA 2022 (Expediente …) se presentó en el año 2022 y, pese a que le ha reconocido la ayuda, hasta la fecha, la interesada no ha recibido el importe.
2.- A este respecto, conviene hacer hincapié en la importancia de una adecuada gestión, rápida y eficaz, de las ayudas y en la necesidad de facilitar información a los solicitantes sobre el estado de tramitación de sus expedientes.
3.- Confía esta institución en que se adopten las medidas oportunas para favorecer la rápida tramitación de las peticiones presentadas y, en caso de que no sea posible, se facilite a los solicitantes la información oportuna.
Decisión
Se solicita a esa consejería información sobre el plazo, siquiera estimado, en que esa administración procederá al abono de la prestación reconocida.
Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular ante la consejería el siguiente:
RECORDATORIO DEBERES LEGALES
“Que se actúe de acuerdo con el principio de eficacia contemplado en el artículo 103 de la Constitución española y conforme al principio de celeridad recogido en el artículo 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo