En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el director del MNP y una técnica de esta institución, acompañados de un técnico externo médico forense, realizaron una visita a los calabozos de la Comisaría de Distrito Sur-El Carmen, en Murcia.
Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, que dan lugar al inicio de actuaciones ante ese Ayuntamiento, así como ante la Dirección General de la Policía y la Consejería de Salud de la Región de Murcia.
Consideraciones
1. El mandato del Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), consiste en realizar visitas a lugares de privación de libertad, al objeto de examinar con detenimiento los elementos que deben garantizar los derechos de las personas privadas de libertad, tales como la documentación de la situación jurídica, protocolos de actuación policiales disponibles respecto de estas personas, o las instalaciones de custodia, entre otros.
2. Durante la visita al área de custodia y detención de la Comisaría de Distrito Sur-El Carmen, en Murcia, se presenció el ingreso de una persona detenida por personal de la Policía Local de Murcia, en la zona de precalabozos de dicha dependencia.
Esta persona permaneció custodiada por dos funcionarios de dicho cuerpo policial en el área de precalabozos, esposada por detrás, sin dejar de gritar y presentando una notable agitación.
Según información recibida, el cambio de su custodia a la Policía Nacional -junto con las actuaciones practicadas por dicha Policía Local- y el consiguiente ingreso en calabozos no podría llevarse a cabo hasta que no se recibieran los informes médicos del personal que había participado en su detención.
Esta situación alteraba el normal funcionamiento de unos calabozos que durante la mañana realizan múltiples actuaciones con las personas detenidas.
En este contexto, interesa conocer a esta institución si cuentan con un protocolo de actuación operativo entre ambos cuerpos policiales, destinado al abordaje de la custodia de personas detenidas por esa Policía Local y, en caso afirmativo, remitan copia del mismo.
3. Igualmente, se solicita remita información respecto al número celdas disponibles por ese cuerpo policial en las distintas dependencias existentes, con expresión de las Comisarías y localidades en las que se encuentren.
4. Finalmente, a pesar de que los funcionarios de la Policía Local de Murcia portaban sobre sus prendas de uniformidad el número de identificación personal, el tamaño del mismo resultaba excesivamente pequeño, lo que impedía ser visto de forma adecuada.
Para el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención, así como para organismos internacionales como el Subcomité de Prevención de la Tortura de Naciones Unidas (SPT) y el Comité Europeo de Prevención de la Tortura (CPT), resulta fundamental que el personal policial se encuentre identificado correctamente y que el número de la placa de identificación sea fácilmente legible y visible por la ciudadanía en cualquier interacción con los distintos cuerpos policiales.
En consecuencia, se formula la RECOMENDACIÓN PRIMERA al Ayuntamiento de Murcia.
Que se adopten las medidas necesarias para que se pueda identificar de forma inequívoca y sin dificultad al personal del cuerpo de Policía Local de Murcia, y se aumenten las dimensiones de los números de identificación.
Decisión
Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo, en el sentido de si se acepta o no la Recomendación formulada, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.
Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas.
Agradeciendo la colaboración que presta,
le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo
Consulta la ficha de la visita a los Calabozos de la Comisaría de Distrito Sur-El Carmen (Murcia)