Celebradas las últimas pruebas de acceso a la universidad en el formato habitual, el acceso a la universidad en los próximos cursos exigirá la superación de una evaluación final del bachillerato o reválida, y cada universidad podrá configurar su prueba de acceso para obtener plaza en sus centros y facultades.
También habrá evaluación final para educación secundaria obligatoria; y, pese a estar previstas para todas ellas, solo en algunas Comunidades Autónomas se han celebrado las pruebas reguladas en el Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, para la evaluación de la adquisición de competencias en la educación primaria.
El sistema educativo precisa estabilidad; los alumnos y los docentes precisan certidumbre para enfocar adecuadamente el proceso formativo y la orientación académica y profesional en este mundo cambiante.
Es necesario aclarar, a la mayor brevedad, las incógnitas que a día de hoy existen sobre la próxima evaluación del bachillerato y sobre las pruebas de acceso que establezcan o puedan establecer las universidades. Parece que en la reunión de 13 de mayo pasado de la Conferencia Sectorial de Educación se examinó el proyecto de Real Decreto que regulará las evaluaciones finales de ESO y Bachillerato sobre cuyo texto se cuenta con el acuerdo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).
Resulta preciso que ese Real Decreto se publique de inmediato así como la Orden Ministerial que lo desarrolla y que contiene el diseño de las pruebas, su contenido, estructura y características.
Por su parte, las universidades han de hacer públicas sus previsiones sobre la futura forma de acceso a sus centros y facultades, de manera que los alumnos que aspiren a entrar en ellas tengan conocimiento anticipado de los requisitos, plazos exigibles y puedan orientar adecuadamente su preparación.
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