El legislador, consciente de las dificultades que encuentran los ciudadanos para cumplir con sus obligaciones tributarias mediante la elaboración de las correspondientes declaraciones, establece en el artículo 34.1.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, su derecho a ser informados y asistidos por la Administración Tributaria. Por su parte el 85.2.e) de la misma Ley aclara que la asistencia citada se materializa en la realización de declaraciones y autoliquidaciones y comunicaciones tributarias.
Para la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la asistencia en la realización de declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones, no tiene porqué concretarse siempre en una actuación de confección de declaración, sino que debe entenderse como aquellas actuaciones llevadas a cabo para facilitar a los contribuyentes la cumplimentación de los modelos. Como, por otra parte, resulta evidente dada la imposibilidad material por parte de la AEAT de cumplimentar a la totalidad de obligados tributarios todas las declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones existentes.
Las actuaciones de asistencia, están definidas en el artículo 77 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, al decir que consistirán en el conjunto de actuaciones que la Administración tributaria pone a disposición de los obligados tributarios para facilitar el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones. Entre otras, indica que la asistencia tributaria podrá consistir en la confección de declaraciones, autoliquidaciones y comunicaciones de datos, así como en la confección de un borrador de declaración.
Tal asistencia, además de ayudar al contribuyente, aporta un beneficio a la Administración porque disminuye los incumplimientos que por desconocimiento, elaboración errónea o incompleta de las declaraciones cometen los contribuyentes.
Así, además de cumplir con la obligación del artículo 85 Ley General Tributaria, la Administración cumple con el objetivo de garantizar la aplicación efectiva del sistema tributario.
Véase:
Ejemplo de queja sobre Campaña de la Renta 2016
4/04/2016. Recomendación formulada a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para facilitar la comprensión de las diligencias de embargo.
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