04/07/2017
Una menor, que solicitó la nacionalidad española en 2012, la ha obtenido tras la intervención del Defensor del Pueblo. El padre de la niña, ciudadano español, contactó con la Institución por la demora y las dificultades para inscribir el nacimiento de su hija en el Registro Civil Consular de La Habana.
Las autoridades consulares solicitaron certificado de matrimonio o certificado acreditativo del estado civil de la madre en el momento del nacimiento de la niña. Desde 2013 los registros civiles cubanos dejaron de expedir dichos certificados. El Registro Civil Consular, tras requerir a los interesados en distintas ocasiones dicha documentación, consideró que los documentos presentados no acreditaban el estado civil de la madre en el momento del nacimiento de la menor, por lo que no podía establecerse la paternidad del ciudadano español.
Tras la intervención del Defensor del Pueblo, el Consulado General de España en La Habana ha comunicado la inscripción del nacimiento de la menor, estimando el certificado de matrimonio aportado, al entender que la retroacción de efectos antes del nacimiento de la menor, acredita el estado civil de la madre en dicho momento.
La Dirección General de Españoles en el Exterior ha comunicado al Defensor del Pueblo la resolución de otros casos similares, al aceptar el Registro Civil Consular de La Habana cualquier documento que acredite la paternidad de los ciudadanos españoles para registrar el nacimiento de sus descendientes.