Texto
Se ha recibido escrito de esa Alcaldía, referido a la queja arriba indicada.
Consideraciones
1. Esa Administración municipal debe seguir trabajando para mejorar la calidad de vida de todos los vecinos y, en este caso, adoptar medidas para solucionar el problema detectado en el Parque Colón. A juicio de esta institución, ese Ayuntamiento tiene que estudiar los efectos negativos que generan las fiestas para intentar minimizarlos como, por ejemplo: limitar el uso de los amplificadores o restringir los días o las horas de los conciertos, especialmente los días laborables. En suma, se busca que los actos de las fiestas o de otras celebraciones dejen de suponer un perjuicio para quienes no desean participar en ellas y puedan vivir dignamente durante esos días.
2. Durante las fiestas ese Ayuntamiento ha de acentuar la supervisón del cumplimiento de las normas elementales de convivencia (evitar suciedad en la vía pública, reducir el ruido, vigilar con más intensidad el uso adecuado de los espacios públicos), para evitar males que en otras fechas no aparecen.
3. Se valora positivamente el intento municipal de organizar las fiestas patronales u otros eventos, pero ha de ser procurando reducir los inconvenientes a los vecinos; es decir, si es sabido que durante los días de fiestas o celebración de conciertos se produce un nivel de ruido y de actividad muy superior al ordinario, entonces el nivel de prevención ha de ser proporcional y, por tanto, coherentemente mayor.
4. Esta institución considera que esa Corporación local debe procurar el bienestar de todos sus vecinos en todo momento, lugar y ocasión, esto es, los que desean participar de las fiestas y los que no.
5. Han de considerarse los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo.
Decisión
Esta institución ha resuelto formular a ese Ayuntamiento las siguientes:
SUGERENCIAS
1. Incluir en las condiciones previas a la licitación de los contratos el compromiso de los adjudicatarios de respetar los horarios y límites de ruido, para respetar el descanso de los vecinos.
2. Aumentar las exigencias ambientales y organizativas en épocas de celebraciones, con la misma finalidad.
3. Añadir a las bases anuales de las fiestas u otras celebraciones un condicionado ambiental sobre contaminación acústica, gestión de residuos, control y vigilancia de los horarios de las actividades; así como todo lo referido a garantizar el orden, la seguridad y la salubridad en la vía pública.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no las SUGERENCIAS, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo