Se han recibido los informes de esa consejería, con relación a la queja registrada con el número arriba indicado.
Consideraciones
Los informes concretan el número de pruebas diagnósticas PCR realizadas en el Centro de Salud Abrantes, y que la fecha prevista para la entrada en funcionamiento de las instalaciones del número 111 de dicha calle se estimaba, antes de la pandemia, en 2023.
Asimismo, concretan otros aspectos referidos, con carácter general, a los centros de atención primaria del Servicio Madrileño de Salud, como son el aumento del volumen de llamadas recibidas, las medidas adoptadas a fin de facilitarles respuesta, y los medios previstos para evitar la concurrencia en el exterior de los centros de salud.
De su contenido se desprende que, desde el 27 de julio, se ha venido prestando atención presencial en el Centro de Salud Abrantes por pediatría y enfermería, valorando a pacientes de medicina de familia sin cita, y derivando la atención no aplazable al Centro de Salud Carabanchel Alto, y la aplazable a medicina de familia del Centro de Salud Abrantes, al turno de mañana del día siguiente.
También se señalan dificultades para conocer la demora en consulta y variabilidad en los tiempos de espera en atención primaria según los días de la semana y el comportamiento de los usuarios. Cabe señalar que, al plantearse problemas similares en otras comunidades autónomas, se han recibido respuestas de otros servicios de salud que, tras consultar los correspondientes registros, han podido facilitar a esta institución datos sobre el tiempo transcurrido entre la petición de cita y la primera cita disponible en consultorios y centros de salud concretos.
Desde hace años esta institución viene recibiendo quejas sobre la insuficiencia en la dotación de recursos humanos en el nivel de la atención primaria, en el que se han denunciado condiciones de precariedad laboral y escasez de profesionales que, antes de la pandemia, ya hacían temer por un deterioro de la atención sanitaria pública. A pesar de ello, no eran tan numerosas las situaciones en las que usuarios y profesionales denunciaban, respectivamente, situaciones de demora para recibir asistencia y presión asistencial, como sucede desde el verano.
Esta institución observa, a través de las quejas que recibe, que en este nivel asistencial, en ocasiones existe un lapso de tiempo entre la petición de cita y la primera cita disponible de varios días, a veces incluso de más de una semana.
En la atención primaria resulta también preciso el establecimiento de los medios necesarios para garantizar el derecho a la información sobre los servicios sanitarios recogido en el artículo 10.2 de la Ley General de Sanidad.
La identificación de la demora específica entre la solicitud de consulta por el paciente y la primera cita disponible en cada centro de atención primaria permitiría conocer si la prestación se realiza realmente a tiempo, y en caso de no ser así ofrecer una respuesta de carácter organizativo y llevar a cabo una adecuación de los recursos humanos, lo que constituye uno de los propósitos principales del Plan Integral de Atención Primaria, especialmente donde se registren los periodos de espera más extensos.
Decisión
Con fundamento en lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo ha acordado dirigir a esa Consejería la siguiente:
RECOMENDACIÓN
Establecer los mecanismos que permitan conocer el periodo comprendido entre la solicitud de consulta por el paciente y la primera cita disponible en cada centro de atención primaria.
Por otra parte, se agradece lo informado con carácter general sobre la previsión de poner en marcha el mencionado Plan Integral de Atención Primaria, y acerca de la contratación de profesionales para las mesas de valoración, así como de gestores de accesibilidad a los centros de salud.
En consideración a la información facilitada, interesa a esta institución conocer las actuaciones específicas que van a realizarse en el Centro de Salud Abrantes a corto plazo, y que facilite datos en los que se concrete:
– La dotación del personal que, en el mencionado centro, realiza labores de seguimiento epidemiológico.
– Las previsiones de ampliación de la plantilla programada, así como del momento en el que se va a efectuar, especialmente de personal administrativo que pueda hacer frente al incremento de solicitudes de información y de cita por vía telefónica cuyo volumen se ha multiplicado.
– Los canales de cita alternativos al telefónico a los que alude en su respuesta y el número de citas obtenidas a través de ellos.
Conforme al escrito que le fue remitido por esta institución el 25 de septiembre, se solicita que indique:
– La plantilla efectiva del Centro de Salud Abrantes en el periodo comprendido entre julio y septiembre.
– Principales incidencias detectadas en materia de personal en el Centro de Salud Abrantes en dicho periodo, así como cobertura de ausencias y bajas laborales.
– El número de consultas atendidas a la población en el Centro de Salud Abrantes semanalmente en los meses de julio a septiembre de 2020, por categorías.
Agradeciendo su preceptiva respuesta sobre las cuestiones planteadas, y acerca de si se acepta o no la Recomendación formulada, así como, en caso negativo, las razones que se opongan para su aceptación,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)