En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el director del MNP y dos técnicas de esta institución, junto con dos técnicos externos, realizaron de oficio una visita al Hospital Psiquiátrico Penitenciario de Alicante, los días 3 y 4 de noviembre de 2022.
Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito, que coincide con el enviado a efectos meramente informativos al Juez de Vigilancia Penitenciaria, a la Fiscalía de Vigilancia Penitenciaria, a la Fiscalía General del Estado y al Gerente del Hospital Psiquiátrico, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Secretaría General.
RECOMENDACIONES
PRIMERA. Que se implementen las medidas precisas para que las características de los psiquiátricos penitenciarios se asemejen a las propias de los recursos extra-penitenciarios del sistema nacional de salud, con un claro carácter asistencial y un mayor potencial de reinserción.
SEGUNDA. Que se arbitren mecanismos de comunicación permanente y eficaz entre la Administración de Justicia, la Administración Penitenciaria, los servicios sociales y sanitarios de las Comunidades Autónomas y el Tercer sector, creándose equipos de apoyo a los juzgados de lo penal, capaces de reunir la información pertinente acerca de la persona afectada y de los dispositivos y servicios disponibles para el cumplimiento de la medida de seguridad de manera coordinada e interdisciplinaria, apoyando a los tribunales en la búsqueda y localización del recurso más adecuado.
TERCERA. Que se instaure una consulta de psicología clínica en los Hospitales Psiquiátricos Penitenciarios con un número suficiente de especialistas con la competencia pertinente para realizar psicoterapia, con la finalidad de dispensar una atención asistencial óptima complementaria de la farmacoterapia.
CUARTA. Que se instaure un sistema que permita comprobar quiénes han solicitado atención médica, también en caso de urgencia, quiénes han sido atendidos, y en caso contrario, se indiquen los motivos por los que no haya podido realizarse.
QUINTA. Que se valore un cambio en el protocolo de ingreso en la unidad de agudos, realizando en un primer momento la valoración de las personas internas en su módulo de origen y a posteriori su traslado en caso de ser necesario, tal y como se hace en la psiquiatría extra-penitenciaria, con el fin de evitar una estancia innecesaria, o más extensa de lo imprescindible desde el punto de vista médico, en un módulo en el que existe una amplia limitación de derechos.
SEXTA. Que en los Hospitales Psiquiátricos Penitenciarios se equiparen las condiciones de las comunicaciones telefónicas (videollamadas) con las comunicaciones presenciales, dada la importancia que tiene fomentar el contacto social, cuya regularidad y frecuencia se puede ver comprometida por la lejanía del núcleo familiar.
SÉPTIMA. Que se establezca un protocolo específico para facilitar y priorizar la derivación de pacientes psiquiátricos de la red psiquiátrica penitenciaria y de los centros penitenciarios ordinarios, e impulsar activamente el cumplimiento de sus medidas en recursos comunitarios.
OCTAVA. Que las autoridades responsables de las dependencias psiquiátricas adopten una posición activa con un enfoque de salud mental en la definición, detección y abordaje de las situaciones de riesgo de tortura, malos tratos o tratos inhumanos o degradantes a las personas que se encuentran en estas instalaciones.
SUGERENCIAS
PRIMERA. Que en tanto se complete la relación de puestos de trabajo del personal sanitario del Hospital Psiquiátrico Penitenciario, se adopten medidas urgentes para mejorar la disponibilidad de personal de primera línea hasta el personal médico, con la doble finalidad de prestar un servicio adecuado a las personas internas y de compaginar la actividad asistencial ordinaria con su derecho al descanso.
SEGUNDA. Que se valore facilitar un acceso alternativo al módulo de agudos distinto a las angostas escaleras existentes, con la finalidad de evitar el riesgo que puede suponer para la integridad física, tanto de los funcionarios como de las personas internas, en caso de un traslado en estado de agitación.
TERCERA. Que se modifique la dinámica de aseo en el módulo de agudos facilitando las duchas diariamente, con el fin de garantizar un adecuado nivel de higiene de las personas internas en el HPP, y por ende su dignidad.
CUARTA. Que se valore una alternativa a la permanencia prolongada en el módulo de agudos en los casos de ingresos y de descompensaciones, ya que su estructura y funcionamiento no cumple con los requisitos apropiados para estancias dilatadas en el tiempo, ni para personas que estén sufriendo un episodio de desestabilización de su patología psiquiátrica.
QUINTA. Que se faciliten los recursos suficientes para garantizar el aumento de la asistencia de psicólogos y psiquiatras a pacientes del módulo de agudos, y especialmente en el caso de los pacientes que se encuentren en Protocolo de Prevención de Suicidios.
SEXTA. Que cese el uso del módulo de agudos como respuesta a situaciones conflictivas o conductas inadecuadas de las personas internas, por suponer en ese caso una medida disciplinaria o castigo. En ningún caso, debería ser trasladado ningún paciente a esta ubicación por motivos que no sean exclusivamente sanitarios.
SÉPTIMA. Que ante la negativa o crítica a la toma de tratamiento de las personas internas se reconsidere el carácter de dicho acto como una oportunidad para fomentar la autonomía, la crítica y la legitimidad. Facilitando, siempre que sea preciso, la información necesaria para que las personas internas tengan conocimiento de sus derechos y de la posibilidad de informar de su negativa al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
OCTAVA. Que se informe a las personas internas de la posibilidad de la toma de tratamiento a las 23.00 horas, aportando los recursos asistenciales suficientes para asegurar dicha posibilidad.
NOVENA. Que se tomen las medidas oportunas para que no se vuelva a producir un hecho tan grave como que una cámara de videovigilancia de la sala de aislamiento, preparada para la aplicación de contenciones mecánicas, se encuentre tapada impidiendo su correcto funcionamiento.
DÉCIMA. Que se estudie la posibilidad de reducir el uso de la polifarmacia, específicamente de los antipsicóticos, con la finalidad de evitar la sobremedicación generalizada como herramienta para el control de la conducta de las personas internas, ante la falta de personal.
DECIMOPRIMERA. Que se valore diseñar un registro de incidentes de seguridad para las personas internas, incluyendo aquellos relacionados con los errores en la administración de la medicación, garantizando así que no se repitan situaciones futuras que pongan en riesgo la seguridad y/o salud de las personas.
DECIMOSEGUNDA. Que se valore la revisión de los Planes Individualizados de Rehabilitación (PIR) en fecha independiente a la de revisión de la medida de seguridad.
DECIMOTERCERA. Que se faciliten los recursos suficientes y adecuados para la realización de actividades psicoterapéuticas, que permitan trabajar de forma directa con los factores psíquicos que determinan el trastorno mental de las personas internas.
DECIMOCUARTA. Que se faciliten los recursos suficientes y adecuados para la realización de salidas terapéuticas, concibiéndose no como un privilegio, sino como una herramienta esencial en la rehabilitación de las personas internas y como un derecho básico de las mismas. Asimismo, que se fomente un mayor número de visitas de familiares y allegados a las personas internas en el HPP de Alicante.
Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Recomendaciones y las Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.
Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas en el informe técnico adjunto donde se detallan los aspectos observados durante la visita.
Agradeciendo la colaboración que presta,
le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo