30/11/2023
La institución Defensor del Pueblo ha recomendado a la Comunidad de Madrid que revise los criterios de renta establecidos en su normativa reguladora para la concesión de becas y ayudas al estudio con la intención de que éstas cumplan la finalidad de compensar al alumnado con desigualdades socioeconómicas desfavorables.
El Defensor del Pueblo, tomando en consideración la limitación de recursos disponibles y la obligación legal de garantizar el derecho a la educación de estudiantes de familias con rentas más bajas, señala “la falta de adecuación al principio de equidad que supone facilitar el acceso a ayudas para estudios a alumnado con rentas altas y negar el acceso a becas de comedor escolar a alumnado que se encuentra por debajo del umbral de la pobreza”.
El Defensor del Pueblo inició una actuación ante la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, tras recibir una queja de la Federación de la Comunidad de Madrid de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado (FAPA) Francisco Giner de los Ríos, que manifestaba su desacuerdo con el criterio de renta familiar fijado en las convocatorias para el acceso a las becas que concede la Comunidad de Madrid para cursar estudios en centros privados de Educación Infantil, Bachillerato y Formación Profesional.
La FAPA Francisco Giner de los Ríos manifestó en su queja que la regulación establecida por la Comunidad de Madrid no atendía a la finalidad de las becas de garantizar, en la medida de lo posible y dentro de las limitaciones presupuestarias, la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educación con el objeto de evitar discriminaciones por razones económicas.
La Consejería, por su parte, apuntó, en un informe remitido al Defensor, que la orden 1533/2022 de 2 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de becas para el estudio de Bachillerato, vincula la concesión de las becas a la defensa de la excelencia académica y a la voluntad de apoyar la libertad de elección de centro de las familias, algo que, a juicio de la institución Defensor del Pueblo, no ocurre ya que las ayudas se conceden sin tomar en consideración el expediente académico.
El Defensor subraya en la recomendación que acaba de emitir que “aunque no le corresponde a esta institución determinar los umbrales de renta que dan acceso a las ayudas”, sí ha analizado el informe recibido de la Consejería de Educación “para determinar si los criterios para la fijación de esos umbrales, que constituyen el elemento troncal del sistema de becas, son compatibles con la finalidad que las justifica de atender a los ciudadanos con condiciones socioeconómicas desfavorables”. Y recomienda que éstos sean revisados.