06/09/2016
El pasado mes de junio el Defensor del Pueblo inició una actuación de oficio en relación con la situación de la jurisdicción social (Relaciones Laborales y Seguridad Social) en la ciudad de Algeciras. Existe un amplio acuerdo de las Administraciones competentes (Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Junta de Andalucía) sobre la necesidad de crear un nuevo Juzgado de lo Social en Algeciras que alivie la carga de trabajo existente, y permita que la tutela judicial efectiva se satisfaga mejor y con mayor prontitud a los trabajadores y a otras personas que tienen que recurrir a la jurisdicción social en esa ciudad.
El Ministerio de Justicia tiene recogida en las Previsiones de Desarrollo de la Planta Judicial la creación del Juzgado de lo Social nº 2 de Algeciras. Se exige para la efectividad de tales Previsiones un Real Decreto acordado en Consejo de Ministros y, tras ello, una Orden Ministerial que fije la fecha de entrada en funcionamiento del nuevo Juzgado.
Se trata de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva y un proceso sin dilaciones indebidas para los ciudadanos de Algeciras y su entorno que, en muchos casos, padecen una situación de desempleo u otros problemas importantes por los que han acudido a la jurisdicción social.
La Subdelegación del Gobierno en Cádiz ha informado al Defensor del Pueblo que “actualmente, el Gobierno, como Gobierno ejerciente en funciones, no puede proceder a dar el curso legal oportuno para la reforma de la Planta Judicial, es decir, no se puede proceder a la creación de nuevos órganos judiciales, en tanto en cuanto, y de acuerdo a las observaciones al respecto por parte del Servicio Jurídico del Estado, en base a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, tales tareas discurren fuera de los asuntos ordinarios que un Gobierno en funciones puede llevar a cabo”.
El hecho de que el Gobierno continúe en funciones repercute negativamente —por razones legales— en el funcionamiento de la Justicia.