El Defensor del Pueblo plantea 35 recomendaciones para mejorar la efectividad del derecho a la vivienda

Portada informe La efectividad del derecho a una vivienda digna y adecuada. Un problema social crítico

03/11/2026

El Defensor del Pueblo ha registrado este martes, 3 de noviembre, en las Cortes Generales el informe La efectividad del derecho a una vivienda digna y adecuada. Un problema social crítico. Un informe monográfico que propone 35 recomendaciones dirigidas a las administraciones públicas con el objetivo de mejorar la efectividad del derecho a la vivienda recogido en el artículo 47 de la Constitución.

El monográfico es resultado de una investigación de oficio, iniciada en junio de 2025, con el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana; con las 17 comunidades autónomas; con las dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla), y los 10 ayuntamientos de los municipios de España más poblados. Y supone la continuidad en la labor que desde el Defensor del Pueblo se viene desarrollando en respuesta a las quejas de la ciudadanía en materia de vivienda, quejas que se han incrementado en los últimos años.

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, espera “que las consideraciones, conclusiones y recomendaciones contenidas en este informe contribuyan a que las políticas públicas den satisfacción al derecho a una vivienda digna y adecuada en condiciones asequibles”. Se trata, señala Gabilondo, “de responder a una necesidad básica que supone una condición esencial para la calidad de vida y el bienestar social e incide en el pleno disfrute de otros derechos constitucionales, algunos de ellos reconocidos y garantizados como fundamentales”.

El informe registrado hoy recuerda que el objeto del derecho a una vivienda digna y adecuada, reconocido en la Constitución y en textos internacionales y europeos de derechos humanos, es el disfrute de un inmueble como bien de uso -no como un bien de inversión- en condiciones asequibles y destinado a ser el hogar en el que poder vivir dignamente. El derecho está así llamado a cumplir una relevante función social y su garantía se convierte en un elemento decisivo frente a la pobreza y el riesgo de exclusión.

Recomendaciones

El informe dirige recomendaciones al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, a las consejerías de Vivienda y Urbanismo de las comunidades y ciudades autónomas, y a los ayuntamientos y entidades locales.

Recuerda el informe que la Constitución exige, de todas las administraciones públicas con competencias en la materia, la tarea pública de lograr cambiar las condiciones actuales y dotar de efectividad al derecho, para lo que deben coordinar y evaluar políticas públicas a corto, medio y largo plazo, con el fin de lograr la asequibilidad en el acceso y mantenimiento de la vivienda.

Así, y con carácter general, la institución exige a todas las administraciones que actúen con mayor determinación a la hora de diseñar y aplicar las políticas públicas de vivienda y establecer los mecanismos de financiación, y que lo lleven a cabo de manera coordinada y sostenida en el tiempo. En esta línea, solicita incrementar de manera suficiente la dotación presupuestaria, aumentando la inversión pública directa en creación de vivienda pública, hasta alcanzar las cifras de los países europeos del entorno.

En opinión del Defensor del Pueblo, ante la falta de asequibilidad de la vivienda, la decisión estructural más relevante para hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y adecuada es que los legisladores y las administraciones públicas competentes adopten todas las medidas necesarias para incrementar de manera perentoria los parques de vivienda pública y protegida hasta, al menos, converger con la media europea, intentando alcanzar progresivamente las cifras de los países con porcentajes más altos.

Según concluye el informe, la existencia de un parque de viviendas de protección pública, con precios máximos de venta y alquiler, es un instrumento fundamental para impulsar el acceso a la vivienda en condiciones asequibles, mientras que la disminución o pérdida de este parque por el paso del tiempo como consecuencia de la caducidad de las calificaciones correspondientes constituye uno de los obstáculos más relevantes para su consecución.

El informe incide en que, a la vez, la existencia de un parque suficiente de viviendas con protección pública puede actuar como factor regulador del mercado de la vivienda, al lograr una moderación o contención de los precios, especialmente en los períodos alcistas del ciclo económico como el actual, que limite y compita con la oferta de vivienda libre.

Por ello, el Defensor del Pueblo reclama a las administraciones autonómicas y locales que amplíen y mantengan de manera permanente los parques de vivienda protegida, y en especial que aumenten el número de viviendas públicas y protegidas destinadas al alquiler.

En concreto, la institución estima necesario que la normativa autonómica garantice la calificación permanente de las viviendas del parque público, y que se establezca que deben destinarse al alquiler frente a su venta, con el doble objetivo de evitar que acaben en el mercado privado y de disponer, de forma estable y duradera, de un número suficiente de viviendas para satisfacer el derecho a una vivienda digna y adecuada.

El informe pide, asimismo, priorizar el parque público de vivienda en alquiler destinado a las personas que se enfrentan a una situación de emergencia residencial, y a las personas y familias con rentas e ingresos más bajos. Y dentro de este grupo a determinados colectivos que encuentran especial dificultad en el acceso y mantenimiento de una vivienda, como son las familias y unidades de convivencia con menores -con especial mención a las monoparentales, muchas de ellas encabezadas por mujeres-; las víctimas de violencia de género; los jóvenes, y las personas con discapacidad y los mayores, dando así cumplimiento a la cláusula del Estado social y al artículo 47 de la Constitución.

Medidas frente a desahucios de personas vulnerables

Hasta tanto se logra un parque de vivienda suficiente destinado a la emergencia residencial, el Defensor del Pueblo apunta, que es necesario que existan medidas específicas extraordinarias frente al desahucio de personas vulnerables que se enfrentan a la imposibilidad de abonar un incremento del precio del alquiler, y que se puedan ver abocadas a situaciones de exclusión social.

Por otro lado, el informe señala también la importancia de adoptar medidas dirigidas a incentivar la movilización hacia el alquiler asequible de viviendas de titularidad privada desocupadas, como medidas fiscales, acuerdos de cesión de viviendas con grandes tenedores, y los programas de intermediación en el mercado del alquiler de vivienda.

El Defensor del Pueblo recomienda que, mientras se impulsan las políticas públicas que permitan el aumento de los parques de vivienda pública y social, debe estudiarse la posibilidad de regular el otorgamiento de una prestación económica subsidiaria a los colectivos con mayores dificultades de acceso a la vivienda, en cuantía suficiente para poder acceder al alquiler de una vivienda en el mercado, siguiendo el modelo ya asumido por algunas comunidades autónomas.

El informe observa como necesario fomentar, además, a través de los mecanismos previstos en las leyes de vivienda y suelo, tanto estatales como autonómicas, el aumento de la construcción y oferta de viviendas, mediante el impulso de más edificación en las zonas que específicamente lo necesitan y de acuerdo con el principio de desarrollo urbano sostenible.

Según destaca el Defensor del Pueblo, la política de vivienda y suelo deben estar coordinadas para asegurar la eficacia de la primera, en particular en relación con las reservas de suelo para vivienda protegida y el destino prioritario de los patrimonios públicos del suelo a la vivienda protegida. De esta forma, afirma que es necesario adaptar los planes generales de ordenación urbana a las nuevas determinaciones contenidas en la legislación vigente y el impulso de la ejecución urbanística, así como tener presente que la edificación de vivienda protegida no puede realizarse a costa de sacrificar estándares dotacionales, equipamientos y, en general, prescindir de servicios públicos.

Por lo que se refiere a las ayudas destinadas al alquiler y la rehabilitación de la vivienda, la institución cree que deben resolverse con eficacia y agilidad, en los plazos máximos establecidos, con los medios materiales y personales necesarios, evitando las largas demoras que se producen en la actualidad, dado el elevado número de solicitudes que son desestimadas por agotamiento del crédito presupuestario establecido.

En cuanto a los alquileres turísticos, la institución considera necesario arbitrar medidas de limitación de esta actividad, en los municipios y territorios donde su incremento está produciendo consecuencias negativas sobre el mercado del alquiler destinado a vivienda habitual y la gentrificación de las ciudades.

Consulta aquí el informe completo: La efectividad del derecho a una vivienda digna y adecuada. Un problema social crítico


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