La Defensora recurre la Disposición Adicional 3ª del Decreto Ley 14/2013 sobre atribuciones de los Plenos municipales

04/03/2014

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha decidido interponer recurso de inconstitucionalidad contra dos apartados de la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 14/2013, de 29 de noviembre, que atribuyen a la Junta de Gobierno Local, o al Alcalde, la competencia del Pleno del Ayuntamiento para acogerse a medidas contra la morosidad o aprobar un Plan de ajuste económico-financiero.

Los apartados cuya constitucionalidad se cuestiona son aquellos que atribuyen al ejecutivo municipal competencias que son del Pleno de la Corporación, y que permiten adoptar medidas económicas aunque anteriormente hayan sido rechazadas por el Pleno.

La Institución considera que la disposición adicional tercera de este Decreto-ley restringe el “reducto indisponible o núcleo esencial de la institución local” (en palabras del propio Tribunal Constitucional ya desde sus primeras Sentencias), que configura nuestro régimen  de autonomía municipal.

La Institución ha estimado así la solicitud de Alberto Garzón, Diputado por Málaga, quien se había dirigido en este sentido al Defensor del Pueblo tras la aprobación y posterior convalidación del mencionado Decreto-ley.


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