La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas rechaza las recomendaciones sobre la paga extra de diciembre

27/12/2012

La Defensora del Pueblo formuló dos recomendaciones para que los empleados públicos percibieran, al menos, la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 correspondiente al período comprendido entre el inicio de su devengo hasta el 15 de julio, fecha en la que entró en vigor el Real Decreto ley que la suprimía. Asimismo, se recomendó la concreción del destino de las cantidades correspondientes a la supresión de la paga en ejercicios presupuestarios futuros a fin de que tal retorno alcanzase a todos los empleados públicos y no sólo a los que dispusiesen de planes de pensiones o seguros colectivos.

 

La Secretaría de Estado ha rechazado ambas recomendaciones, reconociendo únicamente el derecho a la parte proporcional de la paga extra al personal al que por cualquier causa (baja, cese, cambio de situación administrativa, etc.) se hubiera practicado una liquidación de haberes entre los días 1 de junio y 14 de julio de 2012. La Secretaría de Estado argumenta su rechazo explicando que “como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria y adicional quedan derogadas, con efectos de 15 de julio y para 2012, por imposible aplicación respecto de dicha paga, cualquier norma referida al devengo de la misma”.

 

Esta Institución ha expresado su desacuerdo a la Secretaría de Estado en los términos contenidos en el escrito remitido a dicho centro directivo en fecha 21 de diciembre de 2012.


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