Ángel Gabilondo: “El compromiso alcanzado hoy trata de promover la dignidad de las víctimas de abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia y asegurar su reparación efectiva”

30/03/2026

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha asegurado esta mañana que el protocolo firmado hoy lunes por el Defensor del Pueblo, la Conferencia Episcopal Española (CEE), el Gobierno y la Conferencia Española de Religiosos (CONFER) para poner en marcha el nuevo sistema de reparación a las víctimas de abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica “trata de reconocer y promover la dignidad y la memoria de las víctimas, y asegurar la justicia y la reparación efectiva con medidas simbólicas, restaurativas, espirituales o económicas”.

Ángel Gabilondo, el presidente de la CEE, Luis Argüello, el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y el presidente de la CONFER, Jesús D. Sariego, han rubricado esta mañana, en la sede del Defensor del Pueblo, el texto que desarrolla el acuerdo firmado entre el Gobierno y la Iglesia el pasado 8 de enero.

Según ha explicado Ángel Gabilondo, el protocolo firmado “responde a lo que las víctimas venían requiriendo. Ellas son el sentido primero y el sentido central del compromiso presentado hoy”.

El protocolo define cómo funcionará el nuevo sistema y con qué plazos. Así, la nueva vía de reparación, para los casos en los que ya no es posible la vía judicial, entrará en funcionamiento el 15 de abril y estará en vigor un año prorrogable a otro más.  

“Con este proceso se trata de recuperar a la persona y de reparar daños. No es un mero trámite burocrático cosificador sino un procedimiento flexible, personalizado y profesional y humano”, ha subrayado Ángel Gabilondo.

El Defensor del Pueblo ha calificado el protocolo como un “acuerdo público entre instituciones que comporta declaraciones en el que las partes expresan su voluntad de actuar con un objetivo común, dispuestos al máximo consenso posible”.

Modalidades de reparación

El protocolo detalla que la reparación podrá ser simbólica o restaurativa, orientada al reconocimiento institucional y al ofrecimiento de herramientas para el acompañamiento o la petición de disculpas, y también económica por el daño causado y por los gastos registrados en el tratamiento de las posibles secuelas físicas y psicológicas.

Las compensaciones económicas tendrán en cuenta la gravedad de los abusos sufridos, el daño provocado, y así como otras compensaciones eventualmente percibidas en el marco de otros modelos de reparación impulsados por la Iglesia.  

Compromisos de las instituciones firmantes

El protocolo señala que el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes creará una Unidad de Tramitación que recibirá las solicitudes, ofrecerá orientación para la presentación de las mismas y se ocupará de la comunicación con las partes, la notificación de las propuestas y el recabado de los informes necesarios.

El Defensor del Pueblo, por su parte, constituirá la Unidad de Víctimas que se encargará de llevar a cabo -con un equipo de expertos profesionales independiente- la evaluación individualizada de las solicitudes. También elaborará la propuesta de valoración de reconocimiento de la condición de víctima y de su reparación.

La CEE y la CONFER se encargarán, a través de una comisión asesora (Comisión Asesora PRIVA), de emitir un informe preceptivo motivado sobre cada una de las valoraciones de reconocimiento de la condición de víctima y de reparación que formule la Unidad de Víctimas del Defensor del Pueblo.  

Se crea, asimismo, una Comisión Mixta compuesta por nueve miembros en la que estarán representadas todas las instituciones firmantes así como asociaciones de víctimas. Su función será alcanzar un acuerdo por consenso en aquellos casos en los que la valoración de la Unidad de Víctimas no obtenga la conformidad de la Comisión Asesora PRIVA o de la víctima.  

Fases del proceso de reconocimiento y reparación

El proceso se iniciará cuando la víctima cumplimente un formulario y lo presente en la Unidad de Tramitación para que, a su vez, lo remita a la Unidad de Víctimas para su valoración.  

Estudiado el caso y escuchadas las partes, esta Unidad elaborará una valoración de reconocimiento o de denegación de la solicitud en un plazo de tres meses. La Unidad de Tramitación la trasladará a la Comisión Asesora PRIVA y, en dos meses como máximo, tendrá que dar a conocer su criterio motivado al respecto.

La valoración del Defensor del Pueblo y la respuesta de la Comisión PRIVA se comunicarán entonces a la persona solicitante para que, en un plazo de 15 días, exprese su conformidad o no y, en ese caso, presente alegaciones. Si hay conformidad de todas las partes, la valoración se considerará definitiva y se trasladará a la Comisión Asesora PRIVA para su cumplimiento y ejecución.  

Si alguna de las partes mostrase su disconformidad, la Unidad de Tramitación enviará al Defensor del Pueblo los informes y alegaciones para que, en 15 días, los analice y convoque a la Comisión Mixta para tratar de alcanzar un acuerdo por consenso en un plazo de un mes. Si eso no ocurriera prevalecerá la valoración efectuada por el Defensor del Pueblo y así le sería comunicado a la víctima y a la Comisión Asesora PRIVA, a fin de proceder a su cumplimiento.

 

Ver la firma del protocolo y declaraciones posteriores a los medios de comunicación 


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