El Defensor del Pueblo recurre ante el Tribunal Constitucional una disposición de la Ley de presupuestos de las Illes Balears sobre personal sanitario

29/03/2017

INTERPOSICIÓN DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA UN PRECEPTO RELATIVO AL RÉGIMEN DE EXENCIÓN DE GUARDIAS DE PERSONAL SANITARIO MAYOR DE 55 AÑOS CONTENIDO EN LA LEY 18/2016 DE PRESUPUESTOS PARA 2017 DE LAS ILLES BALEARS

El precepto recurrido es ajeno al contenido propio de este tipo de normas.

La regulación afecta al principio de seguridad jurídica proclamado en la Constitución (artículo 9.3) y al contenido previsto para la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma en el Estatuto de Autonomía y en la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, por lo que se ha considerado pertinente interponer este recurso de inconstitucionalidad.

Las leyes de presupuestos tienen una función específica y constitucionalmente definida a la que deben ceñir su contenido, que es la previsión de ingresos y habilitación de gastos para un año, o al menos, guardar una relación directa con esta materia.

La Defensora del Pueblo, previo informe favorable emitido por la Junta de Coordinación y Régimen Interior de la institución, ha resuelto interponer recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional decimotercera de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017.


DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

28/03/2017. Resolución, de 29 de marzo de 2017, adoptada por la Defensora del Pueblo, en relación con la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional decimotercera de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.


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