TE ESCUCHAMOS PARA QUE CAMBIEN LAS COSAS

Velamos por los derechos de todos los ciudadanos ante las instituciones públicas españolas

Declaración de Tirana

Declaración de Tirana

Nosotros, los Ombudsman y Mediadores de diferentes países y regiones del mundo, en nuestra condición de Miembros de las siguientes cuatro Asociaciones de Ombudsman:

         Asociación de los Ombudsman del Mediterráneo (AOM)

         Asociación de los Ombudsman de la Francofonía (AOMF)

         Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), y el

         Instituto Internacional del Ombudsman (IOI)

Reunidos en la Conferencia de alto nivel “Desafíos para las instituciones de Ombudsman con relación a los flujos migratorios”, organizada el 7-8 de septiembre de 2016 en Tirana, Albania:

RECORDAMOS LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES INTERNACIONALES DE LOS ESTADOS:

 1.- Numerosos instrumentos internacionales y regionales piden la protección de los derechos fundamentales y libertades de los migrantes y refugiados, al abrigo de cualquier forma de discriminación, incluyendo la que se base en la nacionalidad;

2.- La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que “todos tienen el derecho a buscar y a disfrutar de asilo en otros países si son perseguidos. Este derecho no puede ser invocado en el caso de persecuciones que sean consecuencia de crímenes no políticos o de actos contrarios a los propósitos y a los principios de las Naciones Unidas.”

 3- La Convención sobre el Estatuto del Refugiado firmada en  Ginebra el   28 de julio de 1951, y el Protocolo sobre el Estatuto del Refugiado firmado en Nueva York el 31 de enero de 1967;

4.- La Recomendación número 16 de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) de 16 de marzo de 2016, relativa a la protección de los migrantes en situación irregular en los países miembros del Consejo de Europa;

5.- La resolución número 69/168, (de 18 de diciembre de 2014), 67/163 (20 de diciembre de 2012), 65/207 (21 de diciembre de 2010) y 63/169 (18 de diciembre de 2008), de  la Asamblea general de las Naciones Unidas sobre “El papel del Ombudsman, del Mediador y otras instituciones nacionales de derechos humanos en la promoción y protección de los derechos humanos”;

 CONSIDERAMOS:

 1.- Que los Estados tienen la responsabilidad de promover y proteger  los derechos de los migrantes y refugiados así como crear las condiciones necesarias para que las instituciones nacionales de derechos humanos puedan desempeñar su mandato en este  campo;

 2.- Que los Estados tienen la responsabilidad de cumplir con sus  obligaciones internacionales en materia de derechos humanos,  especificadas arriba, sobre todo en lo que concierne a la aplicación de procedimientos adecuados de búsqueda de asilo, así como el reconocimiento de este derecho, y también crear condiciones adecuadas para la acogida de migrantes y refugiados de acuerdo con el principio de “non-refoulement“.

 3.-  Los  Ombudsman y Mediadores son  instituciones de democracia activa en un Estado de Derecho en cada país y colaboran estrechamente a escala regional y mundial sobre todo a través de las cuatro asociaciones que firman esta declaración;

 4.-  Los Ombudsman y Mediadores y las otras instituciones nacionales de derechos Humanos ya se han implicado en asuntos que conciernen a los derechos de los migrantes y refugiados en el marco de los flujos migratorios al respaldar diversas declaraciones anteriores.

NOS COMPROMETEMOS A:

En general:

1.- Seguir y ejercer una presión positiva y continuada para que los Estados cumplan sus obligaciones hacia los derechos humanos y las normas internacionales, especialmente con relación a los derechos de los migrantes y refugiados.

2.- Desarrollar la cooperación concreta entre las instituciones miembros en los países de origen, tránsito y destino de migrantes, para reforzar la protección de sus derechos a lo largo del itinerario migratorio, incluyendo su vuelta a sus países de origen, si se diera el caso.

En particular:

 3.- Velar, a partir del manejo de casos ligados a los derechos de migrantes y refugiados, por el respeto del carácter universal e inalienable de sus derechos, como por el respeto de las normas internacionales en el campo de los derechos humanos, con el fin de adoptar una aproximación efectiva a esos derechos, condenando las consecuencias inhumanas de la actual crisis migratoria.

 4.-   Intensificar las investigaciones de oficio, reforzando nuestra presencia en los puntos fronterizos, centros de recepción y centros de detención, y maximizar la utilización de instrumentos legales en el ejercicio de nuestro mandato.

 5.-  Proporcionar y garantizar a los migrantes, solicitantes de asilo y refugiados el máximo acceso a procedimientos de queja y la gestión de los casos oportunos.

 6.- Coordinar acciones para la transferencia de jurisdicción de casos entre las instituciones de Ombudsman, para asegurar una rápida y efectiva respuesta a las quejas en un contexto internacional y transfronterizo.

 7.- Intensificar nuestra interacción con todos los poderes, en particular con la sociedad civil, para reforzar las garantías y movilizar los recursos disponibles para responder a las necesidades de las personas en situación vulnerable, especialmente a causa de su edad, género, salud, orientación sexual, así como las necesidades de las víctimas de tortura y de trata.

 8.- Participar en las campañas de sensibilización sobre los derechos de los migrantes, solicitantes de asilo y refugiados condenando con dureza fenómenos como la xenofobia, el discurso del odio y la discriminación, promoviendo el diálogo intercultural y la tolerancia.

PEDIMOS A LOS ESTADOS:

1.- Acoger y mostrar solidaridad y humanismo a todas las personas con necesidad de protección internacional.

2.- Adoptar una aproximación profundamente humana en la toma de decisiones políticas ligadas a todas las situaciones de crisis migratoria, basadas en el respeto a los derechos humanos, y para afrontar las diversas causas que incidan en las políticas económicas, sociales y medioambientales de los flujos migratorios.

3.- Proporcionar documentos identificativos a los migrantes y refugiados para que puedan ser legalmente identificables y sujetos de procedimientos administrativos relacionados con su estatus en el territorio de los respectivos estados.

4.- Garantizar a todos los migrantes el acceso pleno y efectivo al procedimiento de asilo, sin ningún tipo de discriminación y sin tomar en cuenta consideraciones financieras, asegurando una información completa y servicios adecuados de traducción.

5.- Respetar el principio de “non-refoulement” de migrantes y solicitantes de asilo, incluyendo a aquellos que vengan de países considerados seguros pero que sin embargo estén en situación de riesgo.

6.- Combatir con una aproximación multidimensional, el discurso del odio, el racismo y la xenofobia, que no solo afecta negativamente a la situación de migrantes y refugiados, sino que también es causa de la erosión de los valores y principios fundamentales de la diversidad, la tolerancia y la coexistencia de nuestras sociedades.

7.- Comprometerse a proporcionar un tratamiento especial de los menores migrantes y refugiados no acompañados, para salvaguardar sus derechos fundamentales de acuerdo con sus especiales necesidades; y facilitar los procesos de reunificación familiar.

8.- Concienciar a la policía y a los cuerpos de seguridad sobre la necesidad eventual de protección internacional de personas interceptadas en situación irregular en su territorio nacional.

9.- Hacer posible el acceso de la sociedad civil a los centros de tránsito y detención, y permitir el control y la inspección por parte de instituciones independientes del gobierno, como los Ombudsman y Mediadores, o las organizaciones internacionales que operan en el campo de la protección de los derechos humanos.

10.- Desarrollar políticas que permitan la integración de los migrantes en la vida de sus países de acogida, sobre todo a través del acceso a una vivienda digna, educación de los niños, servicios de salud y acceso al mercado laboral, así como crear las condiciones que favorezcan el aprendizaje del lenguaje y los valores fundamentales de las sociedades de acogida.

En nuestra capacidad de miembros de cuatro asociaciones regionales y mundiales, nosotros los Ombudsman de diferentes países del mundo,

Adoptamos esta declaración.

 Tirana, 8 de septiembre de 2016

  

Igli Totozani                              Marc Bertrand                           José de Faría Costa                    John R. Walters

Presidente AOM                      Presidente AOMF                            Presidente de FIO                    Presidente IOI

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.