Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19 (Boletín Oficial del Estado número 67, de 14 de marzo de 2020) y sus prórrogas


Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo (e.f.), en relación con las solicitudes de recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 (Boletín Oficial del Estado número 67, de 14 de marzo de 2020) y sus prórrogas; Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 (Boletín Oficial del Estado número 73, de 18 de marzo de 2020); Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del Covid-19 (Boletín Oficial del Estado número 86, de 28 de marzo de 2020); Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el Covid-19 (Boletín Oficial del Estado número 87, de 29 de marzo de 2020); solicitud de recurso de amparo contra el acuerdo de la mesa del congreso de los diputados de 19 de marzo de 2020; y solicitud de recursos de inconstitucionalidad y amparo contra diversas disposiciones de rango infralegal relacionadas con la gestión del Covid-19.

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Previo el preceptivo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior en su reunión del día 3 de septiembre de 2020, y con pleno respeto a cualquier otra opinión diferente, el Defensor del Pueblo (e.f.) resuelve en relación con la previsión contenida en el artículo 162.1.a) de la Constitución española y el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, NO INTERPONER recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 (Boletín Oficial del Estado número 67, de 14 de marzo de 2020}, y sus prórrogas, ni interponer recurso de inconstitucionalidad o, en su caso, amparo contra las demás normas indicadas en el encabezamiento de esta Resolución.

 



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