Resolución adoptada por el Defensor del Pueblo, el 5 de febrero de 2020, con motivo de la solicitud de interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones. (Boletín Oficial del Estado, núm. 266, de 5 de noviembre 2019)


Previo el preceptivo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior en su reunión del día 5 de febrero de 2020, y con pleno respeto a cualquier otra opinión diferente, el Defensor del Pueblo (e.f.) resuelve en relación con la previsión contenida en el artículo 162.1.a) de la Constitución española y el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, no interponer recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre (Boletín Oficial del Estado de 5 de noviembre de 2019) y dar traslado de oficio al Gobierno de esta Resolución.

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