Texto
Se ha recibido escrito de esa Consejería, referido a la queja arriba indicada, así como la contestación remitida por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Consideraciones
1. Parece necesario resolver el debate competencial que existe en torno a determinadas cuestiones de este expediente y, en concreto, sobre la retirada, almacenamiento o depósito de los artefactos flotantes por el río Guadalquivir y la convocatoria de la Comisión de Seguimiento establecida en el Protocolo de Colaboración para la protección y recuperación de la anguila europea.
2. Tras los años que se lleva tramitando este expediente, sin haber conseguido avances significativos, esta institución aprecia que resulta imprescindible la colaboración, la cooperación y la coordinación de las dos administraciones (la estatal y la autonómica), en los términos exigidos en los artículos 3, 140 y siguientes de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante reuniones o intercambio de información entre los técnicos de cada organismo implicado para realizar una valoración conjunta del problema actual de la pesca ilegal de la angula en el río Guadalquivir y de la aparente falta de utilidad y/o de cumplimiento del Protocolo de actuación, aprobado hace ya 6 años.
Decisión
Por todo lo anterior, y de conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo, se formula a esa Consejería y a la Delegación del Gobierno en Andalucía las siguientes:
SUGERENCIAS
1. Adoptar las medidas de colaboración necesarias para impulsar una actuación coordinada de los técnicos de cada una de las administraciones competentes.
2. Fijar un criterio coincidente y conforme a derecho acerca de la cuestión competencial debatida, para conseguir que cada Administración actúe eficazmente, se consigan retirar los artefactos flotantes y se convoque la Comisión de Seguimiento del Protocolo para la protección y recuperación de la angula en el río Guadalquivir. Todo ello en atención a los principios de eficacia y colaboración administrativa en defensa de los intereses generales y la protección del medio ambiente.
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no las SUGERENCIAS, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)