Adelanto de una cita para formalizar una solicitud de protección internacional.

SUGERENCIA:

Que se adelante la cita asignada para formalizar la solicitud de protección internacional de (…), prevista para el 2 de febrero de 2024, en Girona, teniendo en cuenta las carencias del procedimiento anterior y el tiempo transcurrido desde que manifestó por primera vez su voluntad de iniciarlo, en junio de 2021.

Fecha: 05/09/2023
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22027162

 


Adelanto de una cita para formalizar una solicitud de protección internacional.

Con posterioridad a la finalización del expediente, el pasado 3 de julio, se ha recibido un nuevo escrito de la promotora de la queja, doña (…), letrada de la Comisión Catalana de Ayuda al Refugiado (CCAR), en el que se solicita la continuación de las actuaciones en nombre de don (…) (NIE …).

Consideraciones

1. Cuando el interesado formalizó su petición de protección internacional en Girona el 21 de julio de 2021, no fue asistido de intérprete, a pesar de desconocer el idioma, por lo que no pudo expresar los errores en su documentación. Además, la entrevista de asilo fue extremadamente escueta. Se adjunta copia.

2. Como ya conoce esta dirección general, la persona interesada quedó bajo la tutela de la Generalitat de Cataluña el día 2 de enero de 2022, tras acreditar que nació el 1 de diciembre de 2004.

3. Debido a las carencias constatadas en el primer procedimiento de protección internacional, se asignó una nueva cita de presentación de solicitud de asilo para el día 2 de febrero de 2024.

4. Con el fin de no causar más perjuicios al Sr. (…), la promotora de la queja solicita que se adelante la entrevista de asilo prevista para 2024 y se haga una tramitación de urgencia conforme al artículo 25 b) de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y la protección subsidiaria, al tratarse (en su momento) de un menor no acompañado.

5. Además, solicita que se tenga en cuenta la demora de más de dos años desde la primera vez que don (…) manifestó su voluntad de solicitar protección internacional el 29 de junio de 2021, hasta que, debido a vulneración de su derecho a intérprete y las carencias del primer procedimiento, se le ha asignado una nueva cita.

6. De conformidad con los artículos 1, 9 y 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, se continúan las actuaciones en la presente queja.

Decisión

En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula a V.I. la siguiente:

SUGERENCIA

Que se adelante la cita asignada para formalizar la solicitud de protección internacional de don (…) (NIE …), prevista para el 2 de febrero de 2024, en Girona, teniendo en cuenta las carencias del procedimiento anterior y el tiempo transcurrido desde que manifestó por primera vez su voluntad de iniciarlo, en junio de 2021.

En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de esa dirección general y en espera de la respuesta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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