Gratuidad de los libros de texto y del material curricular y didáctico a los alumnos excluidos del Programa Accede.

RECOMENDACION:

Adoptar las medidas que correspondan para garantizar la gratuidad de los libros de texto y del material curricular y didáctico a todos los alumnos excluidos del Programa Accede que cursen sus estudios en centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Madrid.

Fecha: 12/11/2019
Administración: Consejería de Educación y Juventud. Comunidad de Madrid
Respuesta: Rechazada
Queja número: 19009487

 


Gratuidad de los libros de texto y del material curricular y didáctico a los alumnos excluidos del Programa Accede.

Se ha recibido su escrito, en el que informa a esta institución en relación con el supuesto planteado por D. (…..), titular de la queja inscrita con el número arriba indicado.

Consideraciones

1. Valorado el contenido de su comunicación, esta institución ha trasladado al interesado que no considera posible intervenir para instar la modificación de los preceptos de la Ley 7/2017, de 27 de junio, de Gratuidad de los Libros y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid y su normativa reglamentaria de desarrollo, con cuya aplicación se muestra en desacuerdo.

2. Sin embargo, como ya conoce esa consejería, esta institución mantiene el criterio de que las administraciones educativas deben garantizar el principio de gratuidad de la enseñanza básica consagrado en el artículo 27.4 de la Constitución y en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), que alcanza a todos los alumnos de los niveles educativos obligatorios, independientemente de la titularidad del centro.

3. En definitiva, dado que el objetivo último a que tienden los sistemas de ayudas para la adquisición o préstamo de libros de texto y material didáctico no es otro que garantizar la gratuidad de la enseñanza básica, el Defensor del Pueblo considera que sería deseable su generalización progresiva y, en último término, el acceso plenamente gratuito de todos los alumnos que cursan enseñanzas obligatorias a estos materiales imprescindibles para el aprendizaje, máxime si se tiene en cuenta que, en muchos casos, la escolarización en un centro concertado es fruto de una decisión administrativa, al no existir plazas vacantes en los centros públicos elegidos por las familias, o bien porque el mismo dispone de los recursos y apoyos necesarios para atender al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

4. Si bien esta institución pone en valor el esfuerzo que esa consejería viene realizando para hacer realidad la gratuidad de la enseñanza básica, se considera necesario que por esa Administración se arbitren las medidas necesarias, en la forma que considere más efectiva, para garantizar este derecho a aquellos alumnos que, por las razones que se mencionan en su informe, han quedado excluidos del sistema de préstamo de los libros de texto y el material curricular de la Comunidad de Madrid, en especial para aquellas familias con dificultades económicas.

Decisión

Sobre la base de la información aportada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Adoptar las medidas que correspondan para garantizar la gratuidad de los libros de texto y del material curricular y didáctico a todos los alumnos excluidos del Programa Accede que cursen sus estudios en centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Madrid.

Agradeciendo la acogida que dispense a esta Recomendación, y a la espera de la información que sobre su aceptación ha de ser remitida según prevé el ya citado artículo 30.1 de la citada ley orgánica,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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