Adopción de medidas para reducir la demora existente en la realización de procedimientos quirúrgicos programados en el Servicio de Cirugía Ortopédica y Traumatología del Hospital Miguel Servet de Zaragoza

Tipo de actuación: Recomendación

Administración: Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia. Diputación General de Aragón

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 13033442


Texto

A través de la Dirección General de Relaciones Institucionales y con las Cortes de Aragón, se ha recibido su escrito, relativo a la queja registrada con el número arriba indicado.
Tal y como se reflejaba en la anterior comunicación, el interesado puso de relieve que, en fecha 3 de julio de 2012, fue incluido en lista de espera quirúrgica del Servicio de Cirugía Ortopédica y Traumatología (Unidad de Columna) del Hospital Miguel Servet, de Zaragoza, sin que, en el momento de dirigirse a esta institución, se hubiera llevado a cabo el procedimiento programado. Con relación a ello, esa Consejería se ha limitado a señalar que «la necesidad de agilizar las cirugías de pacientes en riesgo medular, impide concretar una fecha para la intervención de don (…), aunque será en un tiempo razonablemente corto para este caso».
De la información facilitada por esa Administración se desprende la existencia de una notable demora, de carácter estructural, para la realización, en el mencionado hospital, de procedimientos quirúrgicos como el que precisa el señor (…), superior a los 20 meses, en la actualidad, en el caso concreto planteado.
Las listas de espera son un elemento común en los sistemas sanitarios de carácter universal, y financiados públicamente. Estas listas pueden ser la expresión natural de un imposible acoplamiento diario entre oferta y demanda de servicios sanitarios, incluyéndose en las mismas a aquellos pacientes que clínicamente pueden esperar.
Tiempos de demora razonables no son un elemento necesariamente reprochable. Por el contrario, nada puede justificar excesivas demoras, como es la reseñada en el apartado precedente.
Aun cuando la mayor eficiencia del sistema exige la definición de criterios explícitos de indicación clínica y de pautas de actuación acerca de la prioridad de los pacientes en lista de espera ¿en cuyo marco deberán armonizarse los criterios de necesidad, mayor beneficio y orden de inclusión en la lista¿ ello no es suficiente para justificar el largo periodo de tiempo transcurrido desde que se programó la intervención que precisa el reseñado paciente, sin que todavía se haya materializado. Cabe añadir que, como en el caso concreto planteado (discopatía-protusión discal), algunas de las patologías que figuran en las correspondientes listas de espera presentan notables componentes sociolaborales, en la medida en que dificultan y, a veces, impiden que los ciudadanos puedan participar en la vida política, social, laboral y cultural.
El reconocimiento del derecho de todos los ciudadanos a la protección de la salud, consagrado en el artículo 43 de la Constitución, exige a los poderes públicos la adopción de las medidas idóneas para satisfacerlo. La excesiva demora en la realización de la intervención a la que se viene haciendo referencia, superior a los 20 meses, no se corresponde con la obligación del Sistema Público Sanitario de garantizar, no sólo el contenido nominal y funcional de las prestaciones, sino también la forma de obtención de las mismas en lo referente a tiempo, calidad y accesibilidad. Ello, sin olvidar la incertidumbre que afecta, durante un elevado número de meses, a los pacientes incluidos en la aludida lista de espera, ya que no conocen, ni tan siquiera de forma aproximada, la fecha o periodo de tiempo en el que previsiblemente se llevará a cabo la intervención programada.
Con fundamento en lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución ha acordado dirigirle la siguiente
RECOMENDACIÓN
Adoptar las medidas oportunas para reducir la demora existente en el Servicio de Cirugía Ortopédica y Traumatología del Hospital Miguel Servet de Zaragoza, en la realización de procedimientos quirúrgicos programados.
En coherencia con esta recomendación, se ha de formular a V. E. la siguiente
SUGERENCIA
Comunicar al señor (…) la fecha o periodo de tiempo en que previsiblemente se llevará a cabo el procedimiento quirúrgico programado hace ya más de 20 meses.
Se agradece su preceptiva respuesta, a la mayor brevedad posible, en el sentido de si se aceptan o no la recomendación y sugerencia formuladas, así como, en caso negativo, las razones que se opongan a su aceptación.

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