Texto
El incremento de solicitudes de asilo en España ha motivado que esta institución haya decidido realizar un seguimiento de los procedimientos existentes en materia de protección internacional.
Consideraciones
Se ha elaborado el estudio El asilo en España. La Protección internacional y los recursos del sistema de acogida, que ha sido remitido a las Cortes Generales, cuya copia íntegra me complace enviarle.
Decisión
Conforme a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta institución, se formulan las siguientes:
RECOMENDACIONES
1. Incorporar al ordenamiento jurídico las directivas que conforman el sistema europeo común de asilo (sobre procedimientos, acogida y definición) pendientes total o parcialmente de transposición y elaborar con carácter urgente el Reglamento de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
2. Modificar la Ley 12/2009, de 30 de octubre, a fin de introducir la posibilidad de presentar demandas de protección internacional en las representaciones en el exterior. Si ello no fuera posible, introducir con carácter urgente un visado humanitario que permita el acceso del potencial solicitante al territorio nacional para pedir asilo en territorio.
3. Modificar la Ley 12/2009, de 30 de octubre, a fin de introducir un procedimiento que permita tramitar de forma rápida la extensión familiar del asilo en aquellos casos en los que los familiares del solicitante se encuentren en situaciones de riesgo.
Las recomendaciones números 2 y 3 han sido puestas también en conocimiento del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación por afectar a su ámbito de competencias.
En la seguridad de que estas Recomendaciones serán objeto de su atención, y a la espera de respuesta sobre la aceptación o no de las mismas.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo