Ha comparecido don (…) ante esta institución.
Consideraciones
1. Expone que: «Necesito un certificado de fe de vida y estado. Es un trámite presencial que se hace en el Registro Civil en Barcelona. No existe ningún teléfono donde pedir cita previa pese a que la web informa del teléfono (…). He intentado solicitar cita previa presencialmente hoy 17 de noviembre de 2022, sobre las 13.30 horas. Me lo han denegado pese a haberles informado que no tengo acceso a internet».
2. Con motivo de la tramitación de otras reclamaciones, por parte de ese registro civil se ha comunicado que: «Cabe dejar constancia de que esta oficina no da citas a los ciudadanos, sino que son ellos quienes como interesados en sus trámites han de cogerla en la página web».
Por lo que antecede se adopta la siguiente
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular la siguiente
SUGERENCIA
Que se cite al interesado a fin de que pueda formalizar cuanto antes el trámite que desea realizar, o en todo caso se indiquen los medios oportunos para que el compareciente pueda ponerse en contacto con ese registro civil a fin de solicitar dicha cita.
Se facilita correo electrónico del compareciente:
(…)
En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención y en espera de la respuesta.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo