Cobertura urgente de la plaza de profesional psiquiatra en el CTD El Alba (Toledo).

RECOMENDACION:

Para que se adopten las medidas oportunas para la cobertura urgente de la plaza de profesional psiquiatra en el CTD El Alba.

Fecha: 20/05/2022
Administración: Consejería de Sanidad. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21019881

 


Cobertura urgente de la plaza de profesional psiquiatra en el CTD El Alba (Toledo).

Se ha recibido informe de esa Administración, con relación a la queja registrada con el número arriba indicado, en el que se da respuesta a la solicitud de información remitida por esta institución.

Consideraciones

1. En primer lugar, procede reseñar la satisfactoria resolución del asunto planteado por el promotor de esta queja, pues según se expresa en el informe recibido, el usuario (…) ocupa el puesto 3 de la lista de espera, con fecha de ingreso prevista en el CTD El Alba para el 2 de mayo de 2022. De esta forma podrá tratarse de forma adecuada la patología dual que padece.

2. Cabe destacar también que en el escrito de ampliación de actuaciones que fue remitido a esa consejería el pasado 18 de marzo, esta institución interesaba conocer, tomando en consideración el contenido del informe del director del CTD El Alba, las medidas que se previesen adoptar para paliar la falta de profesional psiquiatra en el mencionado centro.

3. En el informe remitido por esa consejería no se detalla ninguna medida para la cobertura de la plaza de psiquiatra. Al contrario, adjunto al informe esa consejería ha remitido un documento denominado “Informe de Situación del CTD El Alba Marzo 2022”, firmado con fecha 29 de marzo de 2022 por el director del centro. En este informe se reitera que la plaza de profesional psiquiatra se encuentra sin cubrir desde el 21 de julio de 2021 y que se han sucedido los informes solicitando la cobertura, disponiendo de informe favorable de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas.

Adicionalmente resulta necesario señalar que, a juicio del director del CTD, entre las consecuencias que produce el no disponer de psiquiatra, se encuentran las siguientes:

– “…supone una deficiencia en la atención integral a los residentes, por lo cual supondría la pérdida de la razón de ser este tipo de Centro Regional de Tratamiento a personas con drogodependencia y patología dual”.

– “…no podemos asegurar la asistencia sanitaria sea la que precisan los usuarios en este centro denominado como Unidad de Media Estancia, así como que el conjunto de personal presente en el centro sea suficiente como para poder atender las necesidades de los pacientes”.

– “En principio y dado que en el centro no se cumplen los criterios de atención a salud mental de Unidades de Media Estancia, no existe un facultativo especialista que pueda intervenir en situaciones tanto urgentes como ordinarias derivadas de la convivencia en el centro, estabilización psicopatológica, ajustes de medicación (…) nos vimos obligados a interrumpir el ingreso de nuevos usuarios desde el pasado mes de septiembre dado que no pueden ser valorados por un psiquiatra y desconocemos la situación psicopatológica que puede presentar el usuario al ingreso y los días posteriores, lo cual ha hecho aumentar de forma alarmante la lista de espera”.

Pese a lo anterior, por el CTD se han iniciado de nuevo los trámites de ingresos de nuevos pacientes, empleando para ello un protocolo que incluye una valoración con el psiquiatra de referencia de cada paciente, lo cual ha contribuido a reducir la lista de espera existente.

4. Esta institución es consciente de las dificultades coyunturales que se han producido en los últimos años, particularmente a raíz de la declaración de la emergencia sanitaria por la covid-19, para la cobertura de plazas de diversas categorías de profesionales sanitarios. No obstante lo anterior, a la vista del tiempo transcurrido desde la vacante de la plaza de profesional psiquiatra en el CTD El Alba, que no solo conlleva una atención sanitaria que no se ajusta a los criterios para unidades de media estancia, sino que además ha venido provocando un incremento de la lista de espera para acceder a este demandado recurso, se hace necesario que la Administración regional aborde con urgencia la cobertura de la plaza referida.

Decisión

Con fundamento en lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución ha acordado dirigirle la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Que se adopten las medidas oportunas para la cobertura urgente de la plaza de profesional psiquiatra en el CTD El Alba.

Se agradece su preceptiva respuesta sobre la información solicitada y en el sentido de si se acepta o no la Recomendación formulada, así como, en caso negativo, las razones que se opongan para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

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