Obligación de colaborar con el Defensor del Pueblo.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Informar al Defensor del Pueblo sobre las cuestiones, solicitadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril.

Fecha: 18/09/2019
Administración: Ayuntamiento de Torrenueva (Ciudad Real)
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 19010437

 


Obligación de colaborar con el Defensor del Pueblo.

Se ha recibido escrito de ese Ayuntamiento, referido a la queja arriba indicada.

Consideraciones

En primer lugar, es necesario recordar a ese Ayuntamiento que se solicitó informe sobre la cuestión y este se ha limitado a remitir a esta institución el Acuerdo de la Junta de Gobierno, sin más.

Por otra parte, no consta que se haya dado traslado del citado Acuerdo a la Asociación de Propietarios ….., con indicación de los posibles recursos contra el mismo.

Finalmente, nada se dice respecto a la petición de suspensión de las obras por parte de la Consejería de Agricultura que alegan los interesados.

Decisión

Por ello, se solicita informe sobre estas cuestiones, al tiempo que se formula a ese Ayuntamiento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Informar al Defensor del Pueblo sobre las cuestiones, solicitadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril.

Se agradece de antemano su colaboración y se solicita que, a la mayor brevedad posible, informe sobre las cuestiones antes citadas.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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