Texto
Consideraciones
El Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), ha efectuado una visita a la Comisaría de Distrito Madrid Hortaleza-Barajas.
Propuesta
En el informe técnico adjunto se detallan las conclusiones y buenas prácticas observadas en la visita. Como consecuencia de las mismas y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se inicia la correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO, solicitando información con relación a las conclusiones alcanzadas.
Sin perjuicio de dicha petición de información y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la citada Ley Orgánica, se ha estimado necesario formular las siguientes:
SUGERENCIAS
1. Custodiar los objetos intervenidos por la policía, como armas blancas o bates de béisbol que actualmente se guardan en un almacén en las dependencias de calabozos, junto con útiles de limpieza de uso cotidiano, en otras dependencias con mayor seguridad y que no se encuentren junto a los calabozos.
2. Colocar el monitor de videovigilancia que está frente al público que acude a la Comisaría y en el que se visiona una imagen de los calabozos, de forma que no pueda visionarse por aquél.
3. Dar instrucciones para que los agentes se sitúen en la zona de calabozos en caso de que haya detenidos, donde existen varias salas en las que se podrían ubicar, dado que aunque las celdas dispongan de timbres en su interior, en caso de que se diese alguna situación de urgencia, los agentes deberían recorrer varios pasillos y escaleras para llegar a los calabozos.
Con esta misma fecha, se da traslado al responsable de la dependencia visitada de las conclusiones remitidas a esa Dirección General.
Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta Institución, así como la del personal que atendió la visita.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo