Programación de vuelos desde Perú ante el COVID-19.

RECOMENDACION:

Dar continuidad a la programación y coordinación de los vuelos fletados para facilitar el regreso de viajeros a España desde Perú, bien operados por aerolíneas comerciales de bandera española o a través del Mecanismo Europeo de Protección Civil, en las mismas condiciones en que se ha venido haciendo, desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Fecha: 21/05/2020
Administración: Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20010779

 


Programación de vuelos desde Perú ante el COVID-19.

Se han recibido en esta institución 13 quejas de ciudadanos españoles o residentes en España que representan a decenas de personas que han expresado sus dificultades para retornar a España desde Perú, como consecuencia del cierre de fronteras derivado de la pandemia COVID-19.

Consideraciones

1. Muchos de estos ciudadanos han podido regresar gracias al importante esfuerzo realizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación quien, a través de esa Dirección General y los servicios consulares han podido promover y coordinar vuelos de repatriación o de retorno desde muchos países en los que estos ciudadanos estaban atrapados.

2. Hasta el momento actual, esta institución ha mantenido comunicación con las personas que han formulado queja por este motivo; por lo que, contando con la información disponible o mediante contactos directos con la autoridad consular, hemos podido facilitar a los interesados información sobre su situación y compartir su preocupación por las reiteradas y actuales cancelaciones de vuelos que estaban programados para el mes junio, sin que por otra parte, tengan expectativas cercanas de lograr lo que otros han conseguido a través de la gestión de ese Ministerio.

3. Según información de ese Departamento, de acuerdo con las recomendaciones de la Unión Europea y compartidas por la mayoría de los socios europeos, España se ha concentrado durante la primera fase en un grupo concreto considerado más vulnerable por carecer de apoyos en el exterior: el formado por turistas y viajeros españoles que se habían visto sorprendidos en el extranjero por restricciones a la movilidad, cierre de hoteles y cancelaciones de vuelos.

4. Parece ser que la situación actual se orienta desde el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a dar paso a una nueva fase de asistencia consular, ya no centrada en el retorno, sino en facilitar la permanencia de los españoles y extranjeros residentes legales en sus lugares actuales, a la espera de que se produzca la eventual reanudación de las comunicaciones internacionales ordinarias. Por ello, en línea con la actuación de otros países europeos, que han suspendido o reducido sus vuelos de repatriación, ese Ministerio ha informado de que solamente realizará futuros vuelos con carácter excepcional.

5. Esta institución quiere dejar constancia de que la situación que se presenta como consecuencia de la pandemia COVID-19 sigue siendo excepcional para aquellas personas que están todavía atrapadas en Perú. Se trata de ciudadanos vulnerables, cada vez con menos recursos, menores de edad y de avanzada edad, personas que deben volver a sus trabajos, que no puede recibir asistencia médica o seguir con sus tratamientos, o personas que tienen familiares que necesitan de sus cuidados en España y que, en definitiva, reclaman la oportunidad de poder regresar en las mismas condiciones de quienes lo hicieron en fases anteriores.

6. Terminado ese proceso inicial al que se refiere ese Departamento y en la línea de seguir protegiendo los intereses y derechos de los españoles en el exterior, la realidad refleja que mientras queden ciudadanos que se encuentran en Perú en contra de su voluntad y se mantenga vigente la Declaración del estado de alarma, la operación centrada en ofrecer la ayuda al retorno a los españoles que lo necesitan, no ha finalizado.

7. Por ello, se considera que en una situación sin precedentes como la derivada de la COVID-19, debe darse continuidad a un proceso de carácter esencialmente humanitario que conlleva necesariamente que ese Ministerio siga gestionando con ese carácter excepcional, la programación de vuelos hasta completar el retorno de Perú de todos aquellos españoles y residentes que han dejado constancia expresa de su necesidad de volver a España.

Decisión

En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Dar continuidad a la programación y coordinación de los vuelos fletados para facilitar el regreso de viajeros a España desde Perú, bien operados por aerolíneas comerciales de bandera española o a través del Mecanismo Europeo de Protección Civil, en las mismas condiciones en que se ha venido haciendo, desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En la seguridad de que esta Recomendación será objeto de atención por parte de ese organismo y en espera de la respuesta,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del pueblo (e.f.)

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