Cumplimiento de una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos.

SUGERENCIA:

Dar cumplimiento a la Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 25 de septiembre de 2019 remitiendo certificación al interesado en los términos especificados en la misma.

Fecha: 10/01/2020
Administración: Secretaría de Estado de Seguridad. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 17018717

 


Cumplimiento de una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos.

Se acusa recibo de su escrito, sobre el asunto arriba indicado.

Consideraciones:

1. Esta institución ha estudiado con detenimiento el contenido de su escrito, en el que se informa sobre el procedimiento contenido en el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil en relación a los requisitos de acceso a las zonas restringidas de los aeropuertos.

2. En el mismo se finaliza concluyendo que la Guardia Civil hizo una propuesta de idoneidad negativa  así como que el interesado tiene el derecho de ejercer los mecanismos de defensa además de recurrir en vía judicial la valoración de idoneidad.

3. Esta institución no prejuzga la pertinencia de conceder o no la autorización de acceso del interesado a las zonas restringidas del aeropuerto, así como tampoco el hecho de que la Guardia Civil haya valorado negativamente su idoneidad de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido. Ahora bien, de acuerdo con la Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 25 de septiembre de 2019 cuya copia remite el interesado, por la que se estima la reclamación formulada por no haber sido atendido su derecho de acceso, se insta a esa secretaría de Estado a remitir contestación al interesado en los términos en los que se indican en la misma, sin que dicha respuesta haya sido cumplimentada hasta el momento actual.

Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular a V.E. la siguiente:

SUGERENCIA

Dar cumplimiento a la Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 25 de septiembre de 2019 remitiendo certificación al interesado en los términos especificados en la misma.

En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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