Cumplimiento de la normativa sobre depuración de aguas residuales

Tipo de actuación: Recordatorio

Administración: Dirección General del Agua. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 14007800


Texto

Se ha recibido escrito de V.I. (salida nº …..), referido a la queja arriba indicada.

Consideraciones

1. Del informe que ha sido enviado a la Comisión Europea sobre la situación de las aglomeraciones de la provincia Málaga en 2015, se observa que de los 64 municipios existentes 27 incumplen la Directiva 91/271/CEE (esto es, casi la mitad de las localidades de esa provincia), por tanto España ya ha sido sancionada por este motivo por la Unión Europea y puede volver a serlo con los datos ahora facilitados por el Ministerio. Entonces, parece preciso que la Administración estatal adopte ya y planifique todas las actuaciones o medidas que puede realizar en un corto o largo plazo desde su ámbito competencial para abordar el problema, así como estudie las otras acciones que debe emprender coordinándose o colaborando con los Ayuntamientos afectados y la Junta de Andalucía para intentar, con la ayuda de todos, poner una solución a esta situación. Son ya tres años los que esta institución viene actuando sobre este problema sin conseguir avances significativos en la materia; y desde ese Ministerio sólo se indica que se mantienen reuniones con la Junta de Andalucía o que pronto se aprobará el Protocolo de actuación, o que hay otras cuestiones que también afectan a otras administraciones como las locales. Por tanto, llegados a este punto, es necesario que se exponga cuál es la situación actual de las aglomeraciones en el año 2017 (dado que los datos enviados son de 2015) y cómo se va a actuar en cada caso. De hecho, resulta precisa información concreta sobre la localidad de Nerja, ya que el Defensor del Pueblo Andaluz ha promovido una actuación de oficio por existir obras pendientes de ejecutar para poder finalizar la depuradora en este municipio, donde dicha infraestructura resulta imprescindible para garantizar la calidad y la salubridad de las aguas de baño, porque al parecer se estarían vertiendo al mar las aguas residuales sin depurar.

2. Conviene señalar que el Real Decreto 515/2013, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, establece que las Administraciones Públicas que provoquen o contribuyan a producir el incumplimiento de los compromisos asumidos por España de acuerdo con la normativa europea, asumirán, en la parte que les sea imputable, las responsabilidades que se devenguen.

3. En suma, esta institución considera que urge dar una solución al problema de las aguas residuales en la provincia de Málaga, entre otras cosas porque los derechos y la salud de los vecinos de la zona se ven afectados a diario por la falta de depuración de esas aguas residuales, así como la calidad del agua y la protección del ecosistema acuático. En ese sentido, esta Institución debe insistir en que la adopción de medidas y actuaciones para legalizar los vertidos de aguas de los núcleos de población afectados es inaplazable, no siendo aceptable que transcurran los años sin que el asunto siga sin ser abordado en profundidad e íntegramente por todas las administraciones competentes.

Decisión

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo considera fundamentado y necesario formular el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Cumplir la normativa en materia de depuración de aguas residuales de forma prioritaria, para lograr una gestión de las aguas residuales respetuosa con las normas y los derechos de los ciudadanos.

Se agradece de antemano su colaboración y se solicita el envío de la nueva información solicitada así como, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, comunique si acepta o no el Recordatorio de Deberes Legales, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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