Texto
Se acusa recibo de su escrito sobre el asunto arriba indicado, en el que se comunica que al expediente se le ha asignado el número R-39569/2014, hallándose en fase de digitalización.
Consideraciones
1.ª El expediente se inició en el Registro Civil de Benidorm, ratificándose el 24 de mayo de 2011, asignándosele el número 1441/2011 de los del referido registro.
2.ª La demora de cuatro años para asignar el código R al expediente de la interesada se debe:
a) de una parte, a la insuficiente dotación de medios humanos y materiales del Registro Civil de Benidorm, que es competencia de la Comunidad Autónoma Valenciana;
b) de otra parte, a que durante este tiempo no se ha ejercido la acción inspectora respecto la organización y funcionamiento interno de dicho registro y la paralización de la digitalización durante casi dos años de los expedientes de nacionalidad, que es competencia de ese Ministerio.
3ª. Se constata el incumplimiento de los plazos que imponen las normas procedimentales a las administraciones públicas, en relación con esta clase de expedientes.
4ª. De conformidad con los artículos 1, 9 y 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, se continúan las actuaciones en la presente queja.
Decisión
En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta Institución, se ha estimado procedente formular la siguiente:
SUGERENCIA
Dar tratamiento preferente y urgente a la digitalización, calificación y resolución del expediente interesado para compensar la demora de cuatro años que acumula el mismo desde que se presentó la solicitud en 2010, por causas imputables a la Administración.
En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de esa Secretaría de Estado, le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo