Texto
Se agradece el escrito de respuesta a la solicitud de información relativa a las buenas prácticas y conclusiones observadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención, con motivo de la visita realizada a las dependencias de la Comisaría de los Mossos d´Esquadra de Lleida.
Consideraciones
Del contenido de su escrito se desprende la no aceptación de las conclusiones trasladadas respecto a la existencia de placas turcas en el interior de las celdas.
El criterio de ese Departamento es conocido por esta Institución, ya que tras la visita realizada a la Comisaría de “Les Corts” en Barcelona se indicó que “La instalación de inodoros o placas turcas en el interior de las celdas fue realizada por motivos de seguridad, con la finalidad de reducir el tránsito de personas por la zona de custodia…” y que “Estas zonas han sido diseñadas de manera que sea mínima la afectación de los olores de los inodoros en las celdas…” y “disponen de un muro de protección visual suficiente para preservar la intimidad de las personas detenidas”.
Decisión
No obstante, en atención a la importancia que esta Institución otorga a valores como la intimidad y, de acuerdo con el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, de 6 de abril, se ha estimado necesario formular la siguiente
SUGERENCIA
Adoptar las medidas necesarias para que la existencia de inodoros en el interior de las celdas de la Comisaría de los Mossos d´Esquadra de Lleida salvaguarde la intimidad de los detenidos, de conformidad con el parágrafo 95 del Informe Anual 2014.
Agradeciendo la colaboración que presta a esta Institución.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo