Depuración de aguas residuales en Barbate y Zahara de los Atunes (Cádiz).

SUGERENCIA:

Cumplir la normativa en materia de depuración de aguas residuales de forma prioritaria en los municipios de Barbate y Zahara de los Atunes, para lograr una gestión de las aguas residuales respetuosa con las normas y los derechos de los ciudadanos, garantizando la protección del medio ambiente.

Fecha: 09/04/2019
Administración: Dirección General del Agua. Ministerio para la Transición Ecológica
Respuesta: En trámite
Queja número: 18015019

 


Depuración de aguas residuales en Barbate y Zahara de los Atunes (Cádiz).

Se ha recibido escrito de esa Dirección General, referido a la queja arriba indicada.

Consideraciones

1. España ha sido sancionada a pagar una elevada multa económica por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el incumplimiento de la Directiva 91/271/CEE sobre tratamiento de aguas residuales y puede volver a ser condenada a pagar una multa coercitiva por cada semestre de retraso, a la vista de los datos facilitados sobre el proyecto de la depuradora de Barbate-Zahara de los Atunes. Parece preciso que la Administración estatal adopte todas medidas que, desde su ámbito competencial, considere necesarias coordinándose con el Ayuntamiento afectado y la Junta de Andalucía para proteger la salud humana y para conservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente.

Pese a la urgencia de acometer esta infraestructura, el Secretario de Estado de Medio Ambiente ha manifestado en el Congreso, el 20 de noviembre de 2018, que será la última de las previstas en entrar en funcionamiento, aproximadamente en el año 2022.

Por lo tanto, parece necesario que se trabaje en este proyecto para agilizar su tramitación y que se adopten medidas provisionales hasta su puesta en marcha (como, por ejemplo, a través del Plan ……), ya que dicha infraestructura resulta imprescindible para garantizar la calidad y la salubridad de las aguas.

2. Esta institución considera que urge dar una solución al problema de la depuración de las aguas residuales en estas localidades, entre otras cosas, porque los derechos y la salud de los vecinos de la zona se ven afectados a diario por la falta de depuración, así como por la calidad del agua y la protección del ecosistema acuático. En ese sentido, esta institución debe insistir en que la adopción de medidas para legalizar los vertidos de aguas de los núcleos de población afectados es inaplazable, no siendo aceptable que transcurran los años sin que el asunto siga sin ser abordado en profundidad e íntegramente por todas las administraciones competentes.

Decisión

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el Defensor del Pueblo considera fundamentado y necesario formular el siguiente:

SUGERENCIA

Cumplir la normativa en materia de depuración de aguas residuales de forma prioritaria en los municipios de Barbate y Zahara de los Atunes, para lograr una gestión de las aguas residuales respetuosa con las normas y los derechos de los ciudadanos, garantizando la protección del medio ambiente.

Asimismo, se solicita información sobre el estado de tramitación del proyecto de la ….. de Barbate-Zahara, las medidas provisionales adoptadas para abordar las deficiencias de las depuradoras existentes hasta la puesta en marcha de la nueva instalación, las posibles multas coercitivas que pueden ser impuestas por la Unión Europea a España, y si se valora alguna actuación para mejorar la depuración en esta zona de la costa gaditana coordinándose con el resto de las administraciones competentes.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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