Ejecución de una resolución de un Tribunal Económico Administrativo Regional.

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Observar la previsión contenida en el artículo 234.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y la obligatoriedad de los plazos y términos establecidos por las leyes, según prevé el artículo 29 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Fecha: 21/04/2020
Administración: Tribunal Economico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha. Ministerio de Hacienda
Respuesta: Sin seguimiento
Queja número: 19021849

 


Ejecución de una resolución de un Tribunal Económico Administrativo Regional.

Se ha recibido su escrito, en relación con la queja arriba referenciada.

Consideraciones

De la información recibida se desprende que ha resuelto los incidentes de ejecución presentados por el promotor de la queja más de dos años después de su presentación.

Decisión

Por ello, conforme a lo previsto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular a ese TEAR el siguiente:

RECORDATORIO DEL DEBER LEGAL

Observar la previsión contenida en el artículo 234.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y la obligatoriedad de los plazos y términos establecidos por las leyes, según prevé el artículo 29 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sin perjuicio del Recordatorio de Deberes Legales formulado, se informa al interesado de la respuesta recibida de ese Tribunal y se FINALIZAN las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley Orgánica 3/1981.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.