Visita al Pabellón polideportivo Los Cortijillos, en Los Barrios (Cádiz)

Tipo de actuación: Recordatorio

Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Sin Seguimiento

Queja número: 18012930


Texto

En la doble condición que ostenta el Defensor del Pueblo como Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicos de esta institución, realizaron de oficio una visita al Pabellón polideportivo «Los Cortijillos», en Los Barrios (Cádiz), que cumplió temporalmente funciones de atención humanitaria y custodia de personas migrantes rescatadas en el mar.

Como consecuencia de dicha visita, se ha llegado a las siguientes conclusiones:

1. Se valoran positivamente los esfuerzos y la coordinación asumidas por el Ayuntamiento de Los Barrios para la atención a las personas rescatadas en el mar, habilitando espacio en recursos municipales y facilitando alimentación y vestido gracias a la solidaridad vecinal. Si bien estas dependencias ya se encuentran clausuradas por lo que se refiere a su función de espacio de retención y custodia, también es cierto que las mismas estuvieron abiertas desde el día 28 de julio hasta la apertura de las instalaciones de Crinavis.

2. Aunque la utilización de este recurso ha sido carácter excepcional hay que insistir en la necesidad de poner en marcha infraestructuras mejor articuladas que permitan garantizar los derechos fundamentales de las personas custodiadas, desde el respeto a la dignidad de la persona.

3. Deberían haberse priorizado los trámites de madres con hijos pequeños, de tal modo que hubieran pasado el menor tiempo posible en esas instalaciones. Llevar a cabo la realización de trámites en función del número de la embarcación, por lotes, demora en todo caso la salida de personas con perfiles especialmente vulnerables.

4. La ausencia de libros de registro y de hojas de custodia impide conocer con exactitud el número, sexo y edad de las personas custodiadas, así como cualquier vicisitud ocurrida durante la detención. Esta ausencia de registros y de hojas de custodia debe ser rechazada, por lo que en estos supuestos deben incrementarse los medios humanos y materiales necesarios. No es justificable el que se utilizara el concepto de retención para mantener que estas personas no se encontraban técnicamente privadas de libertad.

Dado que esta misma situación se evidenció en las visitas realizadas a los pabellones polideportivos de Algeciras (expediente …..), San Roque (…..), Los Barrios (…..) y Málaga (…..), así como en el buque «María Zambrano» (…..), se formula RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES.

5. Hubiera debido facilitarse a las personas ingresadas unos mínimos elementos de comodidad, como colchonetas, mantas, material de aseo, etcétera. La precariedad evidenciada situaba a estas personas en una situación de vulnerabilidad añadida a la que ya de por sí se encontraban.

Decisión

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, en atención a las circunstancias puestas de manifiesto en la conclusión cuarta, debe formularse el siguiente

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL

El artículo 61 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, establece que solamente en el marco de un procedimiento es posible acordar la detención como medida cautelar. A muchas de las personas que se encontraban en los diferentes dispositivos utilizados no se les había iniciado procedimiento administrativo alguno. Dado el tiempo que estas personas se encontraron ingresadas en el citado pabellón, tampoco les sería de aplicación el artículo 16 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo.

A fin de evitar la reproducción de situaciones análogas a la que ha sido objeto de este expediente, se ruega emita informe indicando las instrucciones que vayan a impartirse para atender el deber legal recordado.

Agradeciendo la colaboración que presta a esta institución así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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