Escolarización de un menor residente en la Ciudad Autónoma de Melilla en situación irregular.

SUGERENCIA:

Acordar la inmediata escolarización (…..) a la vista de la resolución adoptada por el Comité de los Derechos del Niño, así como del informe policial elaborado y del resto de documentación que acredita fuera de toda duda su residencia efectiva en Melilla junto con el resto de su familia.

 

Fecha: 03/12/2020
Administración: Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. Ministerio de Educación y Formación Profesional
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19011523

 


Escolarización de un menor residente en la Ciudad Autónoma de Melilla en situación irregular.

Como continuación al escrito remitido por esta institución el pasado 11 de noviembre, en relación con la escolarización de menores extranjeros en la Ciudad Autónoma de Melilla, que a fecha de hoy se encuentra pendiente de contestar, se le informa de que se ha dirigido la entidad reclamante remitiendo información y documentación relacionada con la escolarización del menor (…..).

Consideraciones

1. La entidad arriba indicada acompaña copia del informe elaborado por la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional con fecha 4 de noviembre de 2020, en el que consta la efectiva residencia del menor junto con sus padres y hermanos en el domicilio indicado en su solicitud de escolarización.

2. Asimismo, acompaña copia de los escritos remitidos por la Dirección Provincial en Melilla de ese Ministerio de Educación y Formación Profesional, a la Consejería de Presidencia y Administración Pública de la Ciudad Autónoma y a la Delegación del Gobierno, en los que se solicita colaboración para confirmar o no la situación legal de residencia de los menores y sus familias, y proceder en consonancia, al no ser competente la Dirección Provincial para la resolución jurídica de la situación presuntamente irregular de estancia en Melilla. En dichos escritos se hace constar que: “Esta solicitud de colaboración viene provocada por esa falta de documentación, a la que se ha hecho referencia, que acredite cualquier tipo de autorización para la residencia en España, lo que conlleva, a priori, la imposibilidad de escolarización en alguno de los centros educativos de la ciudad”. Se adjunta copia de dicha documentación para su conocimiento.

3. En el presente caso no se ha procedido hasta la fecha a la escolarización del menor, pese a la resolución adoptada por el Comité de los Derechos del Niño, así como al informe policial y el resto de documentación que acredita su efectiva residencia en la Ciudad Autónoma, al insistir la Dirección Provincial en Melilla en la imposibilidad de escolarizar menores que no cuenten con autorización para residir en España. La anterior afirmación no se ajusta a derecho, toda vez que el supuesto para contar con el derecho a la escolarización es la efectiva residencia de los menores en territorio nacional, al margen de la situación administrativa en la que se encuentren ellos y sus familiares.

Decisión

En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula a V.I. la siguiente:

SUGERENCIA

Acordar la inmediata escolarización de (…..) a la vista de la resolución adoptada por el Comité de los Derechos del Niño, así como del informe policial elaborado y del resto de documentación que acredita fuera de toda duda su residencia efectiva en Melilla junto con el resto de su familia.

Asimismo, se continúa a la espera de la información solicitada en el anterior escrito remitido, relativa a las siguientes cuestiones:

– Escolarización de menores que cuentan con resolución dictada por el Comité de los Derechos del Niño, número de ellos escolarizados y estado de las gestiones iniciadas para acreditar su residencia en la Ciudad Autónoma.

– Informes policiales solicitados y resultado de los mismos.

– Notificación a los interesados de las resoluciones adoptadas.

– Protocolo en el que está trabajando la Dirección Provincial para los casos en los que no se puede acreditar documentalmente la residencia en Melilla.

En la seguridad de que esta Sugerencia será objeto de atención por parte de ese organismo y en espera de la información solicitada,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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