Texto
Se ha recibido su escrito, en el que contesta a la queja de referencia, sobre la falta de resolución en plazo de la reclamación número (…..).
Consideraciones
Ha transcurrido el plazo previsto del que dispone ese Tribunal para resolver la reclamación económico-administrativa formulada, de conformidad con lo previsto en los artículos 103 y 240 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Decisión
1. Por lo expuesto, y dado que ha trascurrido en exceso el plazo de que dispone ese Tribunal para resolver la reclamación objeto de la queja, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta institución, procede formular el siguiente:
RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES
Resolver, en tiempo y forma, las reclamaciones y solicitudes que le hayan sido formuladas.
1. Solicitar que confirme a esta institución la resolución de dicha reclamación tan pronto esta se produzca, y que remita copia de la misma.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo