Texto
Se ha recibido su escrito, en el que contesta a la queja de referencia, sobre la falta de resolución de una reclamación económico-administrativa, al no haber tenido ese Tribunal conocimiento de su presentación, a pesar del tiempo transcurrido desde su interposición el 8 de noviembre de 2013.
Consideraciones
Ha transcurrido el plazo previsto del que dispone ese Tribunal para resolver la reclamación económico-administrativa formulada, y teniendo en cuenta las circunstancias especiales que concurren en este supuesto, de conformidad con lo previsto en los artículos 103 y 247 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Decisión
Solicitar la confirmación de la resolución de dicha reclamación tan pronto esta se produzca, y copia de la misma. Se le recuerda el deber legal que le incumbe de resolver, en tiempo y forma, las reclamaciones y solicitudes que le hayan sido formuladas.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo