Se ha recibido su escrito en el que se contiene información relativa a la queja mencionada más arriba.
Consideraciones
1. En el escrito remitido se hace una relación de los hechos que derivaron en la ausencia de una respuesta a la solicitud de reducción de jornada del 99,99% al amparo de lo previsto en el artículo 49.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que fue remitida con fecha de 7 de noviembre de 2018 en los plazos legalmente establecidos.
2. Si bien esta institución comprende las razones expuestas, la actuación detallada no se ajusta a lo dispuesto en la normativa procedimental vigente. Estima pertinente esta institución, que los sujetos interesados en el presente tipo de solicitudes tengan un conocimiento claro y rápido de los criterios mantenidos por la Administración, para la denegación o aceptación de la solicitud realizada, para en su caso interponer los recursos que estimaran procedentes, evitando circunstancias como las que se han producido.
3. El Defensor del Pueblo entiende que el criterio mantenido por la Administración abocaba a una resolución denegatoria en los plazos establecidos. Sin embargo, la no respuesta conduce a una situación de “indiferencia administrativa” que nuestro ordenamiento no admite.
4. Por otra parte, la Administración afirma que está estudiando las opciones legales de poder incrementar el porcentaje máximo de jornada a reducir, establecido por la AEAT en un 75%, lo cual permite deducir a esta institución que ante determinados casos, puede incrementarse dicho porcentaje en razón de su excepcionalidad.
Decisión
Sobre la base de información aportada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular la siguiente resolución:
RECOMENDACIÓN
Establecer internamente mecanismos ágiles que permitan a la Agencia Estatal de Administración Tributaria acelerar la tramitación de las solicitudes realizadas al amparo del artículo 49.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Por otro lado, se ha decidido solicitar de esa Agencia Estatal de Administración Tributaria la remisión de información sobre los resultados del análisis de las opciones legales para elevar el porcentaje de reducción de jornada del 75% en casos excepcionales.
A la espera de recibir una comunicación en la que se manifieste la aceptación o rechazo de la Recomendación formulada y se remita la información solicitada,
le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)