Texto
Dentro del marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el pasado día 8 de junio de 2017, un técnico de esta institución realizó una visita a la Comisaría Provincial de Málaga.
Consideraciones
Para su conocimiento, en el informe técnico adjunto se detallan las conclusiones observadas durante dicha visita.
Decisión
Con base en la conclusión núm. 3, referida a la Comisaría Provincial de Málaga, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan las siguientes
RECOMENDACIONES
1. Habilitar en el Puerto de Málaga unas instalaciones adecuadas para albergar a personas que llegan después de una travesía que, normalmente, se alarga durante días en condiciones muy duras, tanto física como psicológicamente.
2. Las citadas instalaciones deben estar preparadas para acoger de forma digna durante el menor tiempo posible a estas personas.
En atención a todo lo anterior, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, se inicia la correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO, solicitando información en el sentido de si se acepta o no las RECOMENDACIÓNES formuladas y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Con esta misma fecha, se da traslado al responsable de la dependencia visitada de las Recomendaciones y conclusiones remitidas a esa Dirección General.
Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,
le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo