Texto
Dentro del marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el pasado 22 de noviembre, dos técnicos de esta institución efectuaron una visita a la Jefatura Superior de Policía de Andalucía Occidental en Sevilla.
Consideraciones
El formato del Libro de Registro y Custodia de Menores de la Secretaría de Estado de Seguridad no permite dejar constancia de la cadena de custodia y vicisitudes producidas en relación con los detenidos, como sí se hace en el Libro de Registro y Custodia de Detenidos, para las personas mayores de edad. Esta carencia resulta especialmente significativa en casos como el de la citada visita, en el que hay un alto volumen de menores detenidos (196 en 2016 hasta la fecha de la visita, el 22 de noviembre) y que un número no menor de ellos pernocta en los calabozos (alrededor de un tercio de los que llegan a ingresar en calabozos).
Decisión
En atención a lo expuesto, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se efectúa la siguiente
RECOMENDACIÓN
Habilitar un nuevo Libro de Registro y Custodia de Menores en el que pueda dejarse constancia de las mismas vicisitudes que en el Libro para detenidos mayores de edad, a fin de garantizar la cadena de custodia.
En atención a todo lo anterior, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se inicia la correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO, solicitando información en el sentido de si se acepta o no la RECOMENDACIÓN formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Con esta misma fecha, se da traslado al responsable de la dependencia visitada de la Recomendación remitida a esa Secretaría de Estado.
Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución,
le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo