Texto
Se acusa recibo de su escrito en relación con la queja registrada con el número de referencia arriba indicado.
Consideraciones
En el mismo se reconoce el error cometido en la citación del interesado, en el que efectivamente figuraban los datos identificativos de todas las partes del proceso, con la consiguiente vulneración de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.
Se comunica que la Junta Sectorial de Letrados de de los Juzgado de Instrucción, de lo Penal y Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Málaga han acordado la utilización exclusiva de los modelos con datos individualizados para evitar nuevos errores.
Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular a V.E. la siguiente:
RECOMENDACIÓN:
Extremar las medidas y que se adopten las cautelas necesarias para que todas las citaciones procesales se ajusten a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, garantizando la efectiva protección de los derechos fundamentales de todos los intervinientes en un proceso penal.
En la seguridad de que esta Recomendación será objeto de atención por parte de V.E. y a la espera de la preceptiva respuesta,
le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo