Medidas contra la covid-19 en calabozos policiales de la Policía Local de Mataró.

SUGERENCIA:

Que se proceda a la desinfección de las colchonetas y, en su caso, de las mantas que se facilitan a las personas detenidas en las dependencias de privación de libertad de la Policía Local de Mataró, para evitar contagios provocados por el covid-19.

Fecha: 23/11/2020
Administración: Ayuntamiento de Mataró (Barcelona)
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20028132

 

SUGERENCIA:

Que se proceda a la toma de la temperatura de las personas detenidas en las dependencias de privación de libertad de la Policía Local de Mataró para evitar contagios provocados por el covid-19, al ser la fiebre uno de los indicadores de la enfermedad, como lo son la tos, la dificultad para respirar, etcétera.

Fecha: 23/11/2020
Administración: Ayuntamiento de Mataró (Barcelona)
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20028132

 

RECORDATORIO DE DEBER LEGAL:

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, es el jefe del organismo al que se dirige el Defensor del Pueblo quien ha de remitir el informe solicitado.

Fecha: 23/11/2020
Administración: Ayuntamiento de Mataró (Barcelona)
Respuesta: Recordatorio Favorable
Queja número: 20028132

 


Medidas contra la covid-19 en calabozos policiales de la Policía Local de Mataró.

Se ha recibido en esta institución un escrito del Intendente Mayor, jefe de la Policía Local de ese ayuntamiento sobre el asunto arriba indicado.

Consideraciones

1. Dicha información no ha sido remitida por parte de V.I., a pesar de que el escrito de esta institución, de fecha 5 de noviembre de 2020, iba dirigido a esa alcaldía.

2. En el escrito de referencia se participa que todas las medidas por las que se solicita información se adoptan en las dependencias de la Policía Local, sin que se informe con relación a las colchonetas que se facilitan a los detenidos para su descanso.

3. Con relación a la toma de temperatura de los detenidos se manifiesta que no se hace.

Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella Ley Orgánica, formular a V.I. las siguientes Sugerencias y Recordatorio de Deberes Legales.

SUGERENCIAS

1. Que se proceda a la desinfección de las colchonetas y, en su caso, de las mantas que se facilitan a las personas detenidas en las dependencias de privación de libertad de la Policía Local de Mataró, para evitar contagios provocados por el covid-19.

2. Que se proceda a la toma de la temperatura de las personas detenidas en las dependencias de privación de libertad de la Policía Local de Mataró para evitar contagios provocados por el covid-19, al ser la fiebre uno de los indicadores de la enfermedad, como lo son la tos, la dificultad para respirar, etcétera.

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, es el jefe del organismo al que se dirige el Defensor del Pueblo quien ha de remitir el informe solicitado.

En la seguridad de que dicho Recordatorio de deberes legales será objeto de atención por parte de ese ayuntamiento, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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