Vacantes de personal en la Subdirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno.

RECOMENDACION:

Que, a fin de remover los obstáculos que dificultan a las personas españolas retornadas el acceso a las prestaciones sociales por ancianidad, se adopten las medidas necesarias para cubrir las vacantes de personal existentes en la Subdirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno.

Fecha: 29/10/2024
Administración: Secretaría de Estado de Migraciones. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 24009024

 


Vacantes de personal en la Subdirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno.

Tras la recepción de varias quejas de personas españolas de origen retornadas, que ven como sus pensiones asistenciales por ancianidad sufren una importante demora, se iniciaron actuaciones con la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y de Políticas de Retorno. En sus respuestas se ha informado de que el significativo incremento de solicitudes de este tipo de prestaciones en los últimos años ha ocasionado un gran impacto en la capacidad de gestión de la unidad administrativa encargada, siendo causa, entre otras, del retraso en la instrucción y resolución de las solicitudes formuladas por las personas interesadas.

Consideraciones

1. La citada dirección general ha informado de que para tratar de paliar y prevenir en el futuro estas contingencias negativas, se comenzó a implementar desde el pasado mes de julio un plan de actuación urgente que aúna recursos humanos a la par que recursos de simplificación de la tramitación y que permitirá, a corto plazo, reducir significativamente el tiempo de resolución de los expedientes. Todo ello teniendo presente que es de obligado cumplimiento lo establecido en el artículo 71 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo referido al riguroso orden de incoación de los asuntos de homogénea naturaleza.

2. El Tribunal de Cuentas, en el informe número 1.531 de Fiscalización de las Pensiones, Prestaciones y Ayudas Justificadas en el ejercicio 2021, con cargo al Programa 231B «Acciones a favor de Emigrantes», afirma que se aprecia una significativa falta de personal para el desarrollo de las tareas propias de la gestión y resolución de estas pensiones de manera que el 51,85% de los puestos de trabajo relacionados en la Relación de Puestos de Trabajo de la Subdirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno, se encuentran vacantes.

3. A la vista de las quejas que se reciben, se constata que el plan de actuación previsto no consigue paliar el retraso reconocido por la citada dirección general, tanto en la instrucción como en la resolución de las solicitudes formuladas por las personas interesadas. La Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, promulgada para dar cumplimiento al artículo 42 de la Constitución, hace preciso establecer una política integral de emigración y de retorno para salvaguardar los derechos económicos y sociales de los emigrantes, de los exiliados y de los descendientes de ambos, para facilitar la integración social y laboral de los retornados.

4. El citado estatuto configura, en materia de retorno, el marco de cooperación de las administraciones públicas que permita coordinar sus actuaciones para un mejor y más eficaz aprovechamiento de los recursos públicos, garantizando el regreso a España en las condiciones más favorables. En su artículo 26.2 se establece que los poderes públicos adoptarán las medidas necesarias para remover los obstáculos que dificulten a los españoles retornados el acceso a las prestaciones o beneficios sociales existentes, en las mismas condiciones que los españoles residentes en España.

Decisión

En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se formula a V.E. la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Que, a fin de remover los obstáculos que dificultan a las personas españolas retornadas el acceso a las prestaciones sociales por ancianidad, se adopten las medidas necesarias para cubrir las vacantes de personal existentes en la Subdirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de Retorno.

En la seguridad de que esta Recomendación será objeto de atención por parte de esa Secretaría de Estado y en espera de la respuesta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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