Se recibió informe de esa Administración con relación a la queja registrada con el número arriba indicado, en el que se señala que la atención del interesado fue derivada a un centro concertado y rechazado por causas clínicas el 4 de enero de 2023.
Consideraciones
1. En el mismo comunicó que, en el Servicio de Traumatología del Hospital Universitario de Canarias, se estaban programando estudios anestésicos a pacientes incluidos en lista de espera en septiembre de 2019, y las intervenciones quirúrgicas a los que fueron incorporados a la lista en diciembre de 2019.
2. De lo anterior, se desprende una demora quirúrgica que alcanza aproximadamente los tres años a pacientes que fueron incorporados a la lista de espera con carácter previo a la emergencia sanitaria.
3. En el contexto de la tramitación de la queja (…), esa Administración remitió respuesta el 13 de noviembre de 2020, en la que se detallaban las medidas adoptadas para hacer frente a la lista de espera estructural del servicio, entre las que se encontraban: implementar planes de actividad quirúrgica para pacientes en lista de espera de más de seis meses, revisión de la indicación quirúrgica de usuarios pendientes de intervención o propuesta de derivación de pacientes con fractura que requieran tratamiento quirúrgico, a fin de liberar quirófanos.
4. Aun cuando la mayor eficiencia del sistema exige la definición de criterios explícitos de indicación clínica y de pautas de actuación acerca de la prioridad de los pacientes en lista de espera -en cuyo marco deberán armonizarse los criterios de necesidad, mayor beneficio y orden de inclusión en la lista- ello no es suficiente para justificar la extensión de la demora que afecta algunos usuarios del servicio.
5. En el supuesto planteado en la queja, la indicación del procedimiento del interesado, que tiene un tiempo máximo de acceso de 180 días, según se establece en el Real Decreto 1039/2011, de 15 de julio; se efectuó el 1 de agosto de 2022.
Decisión
Con fundamento en lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución ha acordado dirigirle la siguiente:
RECOMENDACIÓN
Que se adopten medidas adicionales para reducir la demora existente en la lista de espera quirúrgica del Servicio de Traumatología del Hospital Universitario de Canarias.
Por otra parte, se solicita que comunique la fecha o periodo de tiempo en el que está previsto llevar a cabo el procedimiento que precisa el interesado, al que se aplica un tiempo máximo de acceso garantizado.
Se agradece su preceptiva respuesta sobre la información solicitada y en el sentido de si se acepta o no la Recomendación formulada, así como, en caso negativo, las razones que se opongan para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo