Informar y colaborar con el Defensor del Pueblo en las cuestiones requeridas por la institución
Tipo de actuación: Recordatorio
Administración: Ayuntamiento de Quintanar de la Orden (Toledo)
Respuesta de la Administración: Aceptada
Queja número: 14016392
Texto
Se ha recibido su escrito referido a la queja arriba indicada y, analizado su contenido, se efectúan las siguientes
Consideraciones
A juicio de esta institución, ese Ayuntamiento no informa de si ha actuado en función del certificado de mediciones acústicas realizado el 2 de enero de 2015, o si se lo ha comunicado al interesado.
Decisión
Por lo anterior, se dirige a ese Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el siguiente:
RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES
Informar a esta institución acerca de las cuestiones planteadas, de acuerdo con la obligación de colaboración establecida en el Capítulo IV del Título II de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.
Se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la Resolución, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo
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