Informar y colaborar con el Defensor del Pueblo en las cuestiones requeridas por la institución

Tipo de actuación: Recordatorio

Administración: Ayuntamiento de Quintanar de la Orden (Toledo)

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 14016392


Texto

Se ha recibido su escrito referido a la queja arriba indicada y, analizado su contenido, se efectúan las siguientes

Consideraciones

A juicio de esta institución, ese Ayuntamiento no informa de si ha actuado en función del certificado de mediciones acústicas realizado el 2 de enero de 2015, o si se lo ha comunicado al interesado.

Decisión

Por lo anterior, se dirige a ese Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, el siguiente:

RECORDATORIO DE DEBERES LEGALES

Informar a esta institución acerca de las cuestiones planteadas, de acuerdo con la obligación de colaboración establecida en el Capítulo IV del Título II de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. 

Se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la Resolución, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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